08 abril 2010

Informe Sobre LIbertad de Pensamiento, Expresión,el Derecho a la Información y los Medios de Comunicación.

INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL SOBRE LAS LIBERTADES DE
PENSAMIENTO Y EXPRESIÓN, EL DERECHO A LA INFORMACIÓN Y LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

HONORABLE CÁMARA
En cumplimiento del mandato entregado por la Corporación, esta Comisión pasa a informar conforme a los siguientes antecedentes:
I.- ORIGEN Y FUNDAMENTOS.-
La Comisión se conformó sobre la base de una solicitud formulada por cincuenta señores Diputados, quienes considerando que el derecho a informar y ser informado y las libertades de pensamiento y de expresión, constituyen garantías fundamentales del ser humano y son rasgos sustantivos del estado de derecho y del sistema democrático, garantías consagradas en el artículo 19 N° 12 de la Constitución Política, la que asegura a todas las personas la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en conformidad a la ley.
Que también tales garantías se encuentran en los principales tratados internacionales sobre los derechos humanos, como sucede con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en cuyo artículo 19 se dispone que todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, derecho que incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir opiniones e informaciones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Que, asimismo, en el ámbito continental, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, señala que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, derecho que comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea en forma oral, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento. La misma Convención declara que tal derecho no puede estar sujeto a censura previa sino que a responsabilidades ulteriores de conformidad a la ley. Tampoco puede el derecho de expresión ser restringido por medios indirectos como abusos o controles de papel para periódicos o frecuencias radioeléctricas.
Que, además, dicha Convención consagra el derecho de respuesta o de rectificación a favor de toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes.
Que, agregan los patrocinantes, desde el retorno de la democracia, se ha avanzado mucho en el camino de garantizar estos derechos como han sido la ley N° 19.733, sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo; la derogación de disposiciones restrictivas contenidas en la Constitución relacionadas con la difamación, la ley N° 20.048 que modifica los Códigos de Justicia Militar y Penal en lo relativo al desacato y la última reforma constitucional, pero tales enmiendas no han sido suficientes como lo demostraría un fallo de la Corte Interamericana de Justicia recaído en el caso “Palamara contra el Estado de Chile”, el que señala que las modificaciones introducidas por la ley N° 20.048
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a los Códigos mencionados, no garantizan suficientemente la libertad de expresión en los términos que lo establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por lo que consideran necesario avanzar en el análisis de iniciativas que permitan al país ajustarse a las disposiciones internacionales, como lo son el proyecto sobre protección del honor e intimidad o el Estatuto del Periodista.
Que el ejercicio de estas libertades se complementa con otras garantías reconocidas en la Constitución, como la publicidad de los actos de la Administración, las que en conjunto conforman un marco regulatorio global que favorece la transparencia y legalidad en el actuar del Gobierno.
Que, además, existen otras materias vinculadas con el tema que se trata, como es el caso de la insuficiente pluralidad y diversidad entre los medios de comunicación existentes en el país, lo que requiere especial atención por cuanto por ser la concentración un fenómeno económicamente cuestionable, adquiere especial dimensión puesto que el ejercicio de las libertades resulta mejor resguardado cuando existe un abanico mayor de opciones disponible.
Que el problema de la concentración debe abordarse también desde la óptica regional, por cuanto deben efectuarse esfuerzos para posibilitar la creación y existencia de medios que representen la diversidad territorial, los que actualmente sostienen una dura y desigual competencia con los medios de carácter nacional, cuestión que ya ha sido advertida por la Corporación al crear una Comisión Investigadora sobre el Avisaje del Estado, la que buscó facilitar y promover el desarrollo del periodismo regional y el pluralismo, y la creación en la Ley de Prensa del Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales.
Que los avances tecnológicos constituyen un foco importante de preocupaciones en todas las formas de comunicación, como es el caso del plano televisivo, el que por medio de la incorporación de la televisión digital supone definiciones de gran relevancia en cuestiones como la calidad, la masificación y el acceso de nuevos operadores; el de la radiodifusión, el que ha visto el surgimiento de las radios llamadas de mínima cobertura y digitales, lo que ha significado un desafío para los operadores tradicionales y, por último, el caso de la prensa escrita que ha visto incrementarse la competencia de los medios digitales.
Que, por último, es importante ocuparse, en cuanto forma parte sustantiva e imprescindible para el ejercicio de las garantías reseñadas, del resguardo de los derechos laborales de los periodistas y otros profesionales y técnicos que se desempeñan en los medios de comunicación.
Por todas las consideraciones reseñadas, proponen la constitución de una Comisión Especial sobre las Libertades de Pensamiento y Expresión, el Derecho a la Información y los Medios de Comunicación.
OBJETO.-
Sobre la base de lo anterior, la Corporación accedió a la formación de esta Comisión Especial, la que tuvo por finalidad agilizar el trámite de las iniciativas legales vinculadas a los temas comprendidos en las consideraciones expuestas, debiendo al efecto informar los proyectos de ley relativos a tales temas y que la Sala pudiere encomendarle.
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Asimismo, le correspondió abocarse al estudio de cualquiera de las materias tratadas en los considerandos, tales como la protección legal de los derechos y garantías relativos a la libertad de expresión y de pensamiento; la concentración de los medios de comunicación y el funcionamiento de las medidas tendientes a impulsar el pluralismo informativo tanto a nivel nacional como regional; el uso de las nuevas tecnologías y los derechos de los trabajadores de los medios de comunicación.
PLAZO.-
El acuerdo de la Corporación concedió un plazo de seis meses a la Comisión para el cumplimiento de su cometido, término dentro del cual debía emitir informes generales o parciales en que efectuara un diagnóstico de la materia analizada y formulara conclusiones, en las que podría proponer reformas legales, administrativas o de toda índole, tendientes a mejorar la protección de los derechos y garantías señalados.
Con posterioridad, la Cámara, a petición de la Comisión, concedió una prórroga de treinta días a partir del 9 de noviembre de 2007, para emitir su informe final, plazo que se prorrogó, en definitiva, hasta el 30 de abril de 2008.
TRABAJO DE LA COMISIÓN.
a) Personas recibidas.
Para los efectos de realizar el análisis y estudio sobre los temas encomendados, la Comisión recibió a las siguientes personas: don Luis Conejeros Saavedra, Presidente del Colegio de Periodistas de Chile; don Francisco Martorell Cammalella, Vicepresidente del citado Colegio; doña Paz Hernández Manríquez, Tesorera del Colegio; don Luis Pardo Sainz, Presidente de la Asociación de Radiodifusores de Chile; don Gustavo González Rodríguez, Director de la Escuela de Periodismo de la Universidad de Chile; don Genaro Arriagada Herrera, Director del Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile; don Juan Pablo Cárdenas Squella, Director de Radio Universidad de Chile; don Mario Davies González, Presidente de la Asociación Nacional de Avisadores; doña Ximena Rojas Prosser y doña María Isabel Bozzo Espejo, abogadas especialistas en mercados regulados de la Fundación Mujeres de Palabra, don Pablo Ramírez Corvalán, Director de Estándares Editoriales de la Corporación de Televisión de la Pontificia Universidad Católica de Chile; don Jaime de Aguirre Hoffa, Director Ejecutivo de Red Televisión S.A., Chilevisión S.A.; don Sebastián Soto Velasco, Director del Programa Legislativo del Instituto Libertad y Desarrollo; don Ignacio Illanes Guzmán , Director del Programa Político del mismo Instituto; don Cristián Zegers Ariztía, Director del diario El Mercurio de Santiago; don Víctor Manuel Ojeda Méndez, Director del diario Estrategia; don Pablo Bello Arellano, Subsecretario de Telecomunicaciones; don Guillermo de la Jara Cárdenas, asesor jurídico de la Subsecretaría; don Ricardo Lagos Weber, Ministro Secretario General de Gobierno; don Ernesto Galaz Cañas, Director Jurídico del Ministerio; don Eduardo Jara Aguirre, Jefe de Gabinete del Ministro, y doña María Antonieta Viteri Prado, Jefa de Prensa del Ministerio.
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b) Sesiones efectuadas.
La Comisión celebró un total de de veintiún sesiones y dos reuniones en Comité, una de ellas en Santiago.
c) Exposiciones recibidas.
1.- Don Luis Conejeros Saavedra, Presidente del Colegio de Periodistas de Chile.
Inició su intervención recordando que se encontraba en la Corporación para su análisis el proyecto de ley que establece el “Estatuto del Periodista”, iniciativa que establecía una serie de normas que cubrían aspectos claves del ejercicio de la profesión, tales como algunas regulaciones en el ámbito contractual que estimaban relevantes y que evitarían una situación muy común entre la profesión y que se traduce en que los periodistas pasen cinco, seis o más años emitiendo boletas de servicios sin ningún tipo de seguridad social, todo ello sin perjuicio de considerar la realidad de los medios pequeños y de los medios regionales en dicho ámbito.
Agregó que consideraban indispensable fortalecer el acceso a la información pública y aquella proveniente de fuentes privadas que fuera de interés público, como también debiera establecerse una delimitación más clara de los derechos y obligaciones que corresponden a las personas a quienes la ley considera periodistas e incluirse la figura legal de la obstrucción a la prensa.
Otro tema que consideraban importante sería todo lo relacionado con la ley sobre acceso a la información pública y la creación del Instituto de Promoción de la Transparencia. Asimismo, la regulación del lobby, como también que los cargos relacionados con las comunicaciones del Estado deberían proveerse conforme al sistema de la Alta Dirección Pública.
Señaló que les parecía importante que el Estado reconociera que en el ámbito del periodismo y del pluralismo informativo, no se había efectuado una labor de fomento de esa actividad, contrariamente a lo que había sucedido con otras funciones, como también que creían de mucho interés que cuando se eligiera la norma técnica para la implementación de la televisión digital, los legisladores mostraran especial preocupación por el marco normativo que al efecto se estableciere, en particular en lo que dice relación con los criterios de asignación de nuevas frecuencias y de uso.
Añadió que esperaban el pronto ingreso a tramitación legislativa de un proyecto del Ejecutivo sobre ética profesional, relativa al periodismo y los tribunales que podrían conocer de las faltas a la ética, tanto de asociados como no asociados a un colegio profesional.
Por último, consideraban que dentro de las labores de la Comisión, podía ésta encargar un estudio acerca de las normas restrictivas a la libertad de información que aún se mantienen en nuestra legislación y que afectan la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo, en especial, la supresión del artículo 161 A del Código Penal y algunas otras disposiciones del Código de Justicia Militar.
2.- Don Gustavo González Rodríguez, Director de la Escuela de Periodismo de la Universidad de Chile.
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Señaló que el tema que analizaba la Comisión, tenía mucho que ver con la calidad de la democracia y el ejercicio del pluralismo, por cuanto uno de los elementos que determinaban la relación de la sociedad con los poderes del Estado, eran los medios de comunicación. No obstante lo anterior, manifestó tener una visión crítica de dichos medios, fundamentalmente por la existencia de una serie de aspectos que tienen relación con la calidad de la información que se entrega al público que él no compartía.
A su parecer, la ley de prensa requeriría una serie de modificaciones para el establecimiento de los derechos de los periodistas, como son los señalados en el proyecto sobre estatuto de los periodistas.
Expuso que el sistema de principios en el ámbito de la libertad de expresión y de la libertad de prensa, puede ser analizado desde tres perspectivas: la primera diría relación con la necesidad de garantizar la libertad de expresión a partir de la libertad de prensa, pero que suele distorsionarse en algunos casos estableciéndose como referente fundamental la libertad de empresa por sobre la propia libertad de prensa; la segunda tendría que ver con la posibilidad de alcanzar condiciones de trabajo adecuadas, las que estarían establecidas en el estatuto del periodista, y la tercera se referiría a los derechos del público por cuanto no se han establecido parámetros concretos para la defensa de tales derechos, como son los de contar con una información de calidad, de carácter pluralista y el establecimiento de un sistema de medios que garantice la participación general.
Señaló que cuando se toca el tema de los medios en el país, la tendencia es a concentrar la mirada en la televisión, por cuanto el 80% de los chilenos se informa y comunica con el mundo por medio de la televisión abierta. Agregó que este sistema recibe una inversión publicitaria del orden de un millón de dólares diarios y las propuestas programáticas de los distintos canales son objeto de permanentes cuestionamientos. Esta dependencia de la publicidad debe ser objeto de control, debiendo establecerse una especie de retribución tanto de parte de los medios como de los propios avisadores frente a lo que son los derechos del público. A su parecer, existiría una relación directa entre la mala calidad de los programas televisivos y la instalación del sistema del people meeter, que induce a los diferentes canales a operar sobre la base de estímulos de sintonía instantánea.
Recordó que en un seminario efectuado hace un mes atrás en la Universidad de Chile, sobre el tema de la televisión digital, se dio a conocer un informe de la Comisión de Televisión de Colombia, en que se señalaba que en ese país se ha establecido una especie de impuesto a los ingresos publicitarios que permite financiar a las cadenas de televisión de regiones, de grupos de la sociedad civil y otros. A su juicio, no debería temerse a la aplicación de instrumentos impositivos para reclamar una retribución de los poderes económicos.
Opinó que una de las decisiones importantes que deberá adoptar la Cámara de Diputados se refiere a la televisión digital, agregando que al respecto la Universidad de Chile se ha pronunciado en el sentido de que el sistema de televisión digital constituye una gran oportunidad para la democratización de las instituciones en el país. Agregó que para ello se debe garantizar la existencia del máximo de emisores sobre la base de pautas pluralistas en la asignación de las frecuencias, que posibilite la transición del
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sistema analógico al digital con un sentido social y que signifique un bajo costo para los usuarios.
Por último, sostuvo que le parecía necesario que las nuevas legislaciones que se implementaren, relacionadas con la administración del espectro radioeléctrico, puedan impedir la ocurrencia de situaciones como las concesiones vitalicias o la formación de una especie de mercado libre de compra y venta de propiedades, como sucede con las radios de frecuencia modulada (FM), característica que aumenta la concentración de la propiedad de los medios de comunicación.
3.- Don Luis Pardo Sainz, Presidente de la Asociación de Radiodifusores de Chile.
Inició su intervención señalando que Chile posee la más alta cantidad de radioemisoras por habitante en el mundo, operando en el país un total de 1992, de las cuales 1350 son de frecuencia modulada (FM); 175 de amplitud modulada (AM); 7 de onda corta y 390 de mínima cobertura ( hasta un watt). Agregó que de este total, 131 AM, 1330 FM y 390 MC fueron otorgadas después del 11 de marzo de 1990.
En lo que se refiere al marco regulatorio de la actividad, señaló que éste está fijado por la ley N° 19.820, siendo la Subsecretaría de Telecomunicaciones el órgano regulador. Agregó que las concesiones se
otorgan por concurso público, bajo criterios estrictamente técnicos, siendo penalizada la transmisión ilegal. Precisó que existía libertad de expresión y de programación, sin intervención del órgano técnico administrativo en la fiscalización de los contenidos. En todo caso, las resoluciones de la Subsecretaría de Telecomunicaciones son apelables ante la Contraloría General de la República y los tribunales.
Mediante la exhibición de gráficos, demostró que en el país existe una radio por cada diez mil habitantes, siendo el promedio latinoamericano de una por cada treinta y tres mil novecientos treinta y siete
Como consecuencia de lo anterior, el promedio de radios por habitante era el más alto del mundo, existiendo una completa cobertura nacional, con diversificación de la propiedad, diversidad de contenidos, amplia oferta programática, pluralismo y segmentación, recibiendo un sólido respaldo y valoración ciudadana.
En cuanto a la percepción que el público tiene de las radios, señaló, apoyándose en cuadros estadísticos, que se las consideraba, en relación a la televisión y a los diarios, como el medio más cercano a la gente, el que mejor las interpreta y con el que más se identifican. Asimismo, comparada con otros organismos e instituciones tales como Carabineros, la Iglesia Católica, el Banco Central, el Gobierno, la Armada, el Ejército, el Poder Judicial, el Senado, la Cámara de Diputados o los partidos políticos, destaca como la que más genera confianza, cercanía y credibilidad.
En lo que se refiere a los hábitos de consumo de medios de la población, señaló, siempre apoyándose en gráficos, que es el más masivo, sea por los porcentajes de personas que prefieren escuchar la radio, tanto en días como en fines de semana, en que se encuentra ligeramente por bajo de la televisión o en atención a los porcentajes por edades o condición social que la escuchan todos los días o las horas que dedican a estas audiciones.
Dentro de las principales razones para escuchar radio, primaba el interés de oír noticias, seguido del deseo de sentirse acompañado y de saber de deportes, como también que entre los medios para informarse
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durante el día, la radio figuraba en primer lugar durante las mañanas y ligeramente bajo la televisión por las tardes, la que se imponía ampliamente por las noches.
En cuanto a la actividad radial en regiones, exhibió un gráfico en que compara en cinco regiones – segunda, quinta, séptima, octava y décima – las sintonías entre radios locales y nacionales, en todas las cuales predominan claramente las primeras, señalando, mediante otro gráfico, que lo más escuchado son las noticias locales, seguidas de informaciones nacionales o internacionales y de informaciones sobre servicios sociales.
En lo que se refiere a la propiedad de las emisoras, señaló, citando al Instituto Nacional de Estadísticas, que ella está dispersa en cientos de empresas y entidades de diversa naturaleza y fin, correspondiendo su estratificación económica a la de pequeñas y medianas empresas, con ventas mensuales inferiores a un millón de pesos en el 71% de ellas; inferiores a tres millones de pesos en el 12%; menos de veinte millones de pesos en el 11%, y más de 20 millones en el 6%.
Agrega que la actividad da trabajo directo a un total de 3812 personas, de las cuales 1016 son profesionales y 926 técnicos.
Respecto de la inversión publicitaria nacional, señaló que se observaba una gran asimetría entre el aporte y cualidades de la radio y la retribución del mercado, procediendo a entregar antecedentes del año 2005, que demuestran que la mayor participación publicitaria correspondió a la televisión con un total de 195.108 millones de pesos y el 47,4% de la participación total, seguida de los diarios con 120.793 millones de pesos y el 29,4% de participación, figurando en tercer lugar las radios con 33.860 millones de pesos y el 8,2% de la participación.
Efectuó, en seguida, una reseña de los principales problemas que afectan a la industria, señalando que, en general, ellos radicaban en:
La atomización de la actividad, por cuanto existen, muchas radios pequeñas, medianas y grandes dispersas por todo el país, lo que se traduce en una gran pluralidad de interlocutores y la consiguiente dificultad para contactarlos, lo que complica considerablemente la posibilidad de administrar una campaña.
La falta de información ya que debido al gran número, para una agencia resulta muy difícil mantener actualizada la información de todas las radios regionales, su cobertura, grupos objetivos, niveles de audiencia y datos administrativos y comerciales.
La heterogeneidad que se traduce especialmente en lo organizacional y administrativo, por cuanto si bien algunas radios cumplen oportunamente con las confirmaciones horarias, facturación, cambios de texto, etc.,, otras no lo hacen, retrasando todo el proceso.
La verificación por cuanto no existe un sistema que permita a la agencia o al cliente comprobar que la publicidad fue transmitida en los horarios y períodos comprometidos.
En el ámbito fiscal, señaló como los principales problemas la reticencia de muchos organismos públicos para usar la radio como medio publicitario, no obstante sus evidentes ventajas comunicacionales y económicas; la falta de profesionalismo en la selección de los medios adecuados según los grupos objetivos y la cobertura requerida, lo que podría obedecer a favoritismos, y el centralismo en la toma
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de decisiones que funciona con criterios capitalinos y origina la dispersión de la escasa inversión en regiones.
En cuanto a los problemas derivados de la regulación, indicó la falta de control y fiscalización en el uso del espectro radioeléctrico, por cuanto existirían radios ilegales y muchas de mínima cobertura que no se ajustan a la legalidad, produciendo interferencias y generando zonas sordas dentro del área de cobertura de radios legales; la dificultad de la radiodifusión de provincia para alcanzar adecuados niveles de venta publicitaria no obstante poseer grandes audiencias, por cuanto no acceden al mercado nacional de publicidad, ni siquiera al estatal, y compiten en un mercado local muy disminuido y centralizado en la inversión publicitaria, y la existencia de leyes restrictivas de la publicidad o con regulaciones excesivas o imprecisas que han disminuido el uso de la radio, tales como la ley de protección al consumidor o la ley de alcoholes.
4.- Don Cristián Zegers Ariztía, Director de El Mercurio de Santiago.
Antes de referirse al tema de la concentración de los medios y la eventual disminución del pluralismo, estimó indispensable referirse primero al marco de intensa competencia que hoy caracteriza a la industria de la comunicación vinculada a la información, señalando que por su campo de actividad, circunscribiría especialmente sus observaciones a la competencia entre medios escritos, aunque fenómenos parecidos o idénticos ocurrirían en los restantes medios de comunicación.
Intensa competencia
La libertad de expresión no garantiza hoy un lugar estable o protegido a nadie. Ni por antigüedad, ni por prestigio, ni por trayectoria, ni por respaldo económico. Hay decenas de diarios en el mundo que han perdido su liderazgo, así como muchos otros han surgido de la nada a posiciones clave en opinión y ventas.
El público vota por contenidos y decide por completo la suerte de un diario al comprarlo o al rehusar su adquisición.
Las realidades del mercado son muy desiguales. En el subcontinente indio, por ejemplo, en un lapso de cinco años recientes, la circulación ha crecido espectacularmente, en paralelo con la economía, por encima de un 53%; igual fenómeno ocurre en Turquía (55,57%); pero, en igual lapso, al contrario, la venta ha decrecido en Alemania (9,35%), en EE.UU. (5,18%) y en Japón (2,42%)
En EE.UU. hay ahora casi 200 diarios menos que en 1990: son poco mas de 1.400 en total, y ciertamente no todos existían hace tres lustros. Similar es el caso de Europa. En Sudamérica, en tanto, aumentó en 4,55 por ciento la circulación total, aunque ello se explica básicamente por los crecimientos de Brasil y Colombia.
Por efecto de una competencia excepcionalmente dinámica y en un mercado que tiende a ser agresivamente global, en las últimas semanas se ha visto nada menos que la simbólica adquisición del Wall Street Journal –actual buque insignia del periodismo estadounidense-, y en nuestro continente la del diario “El Tiempo” de Bogotá, este último por la editorial española Planeta, que recién incursiona en periódicos. En Chile, se acaba de autorizar al grupo español Prisa para adquirir un segundo conjunto de radios chilenas.
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Los capitales que se desplazan entre continentes son enormes y los proyectos de negocios consideran muchas veces la no obtención de utilidades por hasta cinco o diez años. En este marco, se hace difícil concebir siquiera regulaciones que entorpezcan este flujo dinámico.
Si tenemos en cuenta un punto de vista constitucional, las empresas periodísticas están en total competencia económica, de orientaciones y contenidos. El Tribunal Constitucional alemán va incluso más allá y veda por principio que el poder público pueda intervenir.
Entre nosotros, en consecuencia, sólo es objetable la competencia desleal o el abuso, y para ello existen ordenamientos legales que funcionan apropiadamente.
Recordemos a este respecto que la creación en 2006 de la Comisión de esta Cámara destinada a investigar la publicidad del Estado fue seguida inmediatamente por la apertura de una investigación de la Fiscalía Nacional Económica por supuestas acciones contra la libre competencia. Recientemente, y luego de larga verificación, ella se ha desechado, archivándose el respectivo procedimiento.
La competencia obliga a las empresas periodísticas a ser extremadamente eficientes. Por un lado, es enorme la presión de costos que significa tener secciones de buen nivel y muy diferentes; y esa misma definición periodística (color, diseño, revistas, suplementos adjuntos y variedad de contenidos que antes no tenían un tratamiento especializado. Por ej: educación, medioambiente, tendencias sociales) influye también en los valores de producción (consumo de papel, vinculado al precio actualmente en alza de la celulosa) y a la compleja y costosísima distribución en un país de las características geográficas de Chile. Por dar un ejemplo, el precio de venta de un ejemplar dominical de El Mercurio es de $1.000.-, en Punta Arenas y Coyhaique, pero el sólo costo del flete aéreo por ejemplar en esas localidades es de $1.707.- y de $2.037.- respectivamente.
No es extraño, pues, que el negocio sea muy apretado en todas partes del mundo. En Chile los medios de comunicación viven de una torta publicitaria que se mantiene estática desde hace muchos años, muy por debajo del ritmo del crecimiento económico, y con el factor agravante de que hoy participan crecientemente en ella nuevos medios como Internet, periódicos gratuitos, publicidad en puntos de venta, canales de TV por cable, etc., etc.
Por lo mismo, el número de diarios nacionales en general es reducido, incluso en países varias veces más poblados y ricos que el nuestro. Esta realidad nada tiene que ver con maniobras de concertación sino con una lógica económica de las empresas periodísticas, cuya cobertura y eficiencia termina cediendo a favor de los lectores, que reciben un diario más completo y diverso a un precio alcanzable.
Tenemos ocho diarios en competencia en Santiago, además de los gratuitos, casi todos de circulación nacional, y ello es comparativamente un lujo de competencia si nos comparamos con ciudades en el exterior mucho mas pobladas que nuestra capital.
Veamos algunos ejemplos: Nueva York (22 millones de habitantes y tres diarios); Los Ángeles (17 millones y sólo dos diarios); Washington y Chicago (cada una con entre 8 y 9 millones de personas y sólo un periódico cada una).
Por otra parte, dado el impacto y penetración de otros medios de expresión (internet, periódicos y revistas que atienden a nichos específicos de mercado, y muy especialmente la radio y la televisión) que
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compiten por los mismos recursos publicitarios, es un desafío tremendo y muy costoso para los diarios agregar valor a la información básica –virtualmente un “commodity”- que el público recibe por muchos otros medios gratuitos o pagados.
Así, en 2003 –hecho sintomático- la Federal Trade Commission norteamericana (órgano federal encargado de la libre competencia) decidió levantar restricciones para la adquisición de medios por propietarios de otros medios, precisamente porque ‘la gente tiene hoy acceso a más información de fuentes más diversas que en cualquier otra época en nuestra historia’
En consecuencia, en nuestro caso y para el efecto de mirar la competencia, el mercado relevante de los diarios, entendiendo por tal aquel que comprende productos o servicios en que una modificación de precios puede producir un desplazamiento hacia otros productos o servicios, tanto desde el punto de vista de los contenidos como de los ingresos, es mucho más amplio que los diarios nacionales o regionales.
En términos relativos, el mercado de los medios de comunicación es de los más competitivos y las hipótesis de concentración planteadas entre nosotros –algunas un tanto apocalípticas- , provienen en especial de quienes no han tenido éxito en establecer medios preferidos por el público.
Concentración de medios
Creía que la trascendencia del debate que se lleva a cabo en esta Comisión, exigía excluir ideologismos y examinar con rigor aquella afirmación que pretendía convencernos de que la libertad de prensa ya no estaría amenazada por el poder político, económico o de cualquier otra naturaleza sino por la concentración en la propiedad de los medios.
Por de pronto, se pasaba por alto que en la prensa abierta y profesional imperaba realmente un pluralismo evidente en las sensibilidades personales de los periodistas. En la generación de información pluralista esta realidad pesaba mucho más que la orientación del propietario del medio, que, habitualmente, coincide sólo con la expresión de su página editorial.
Debía admitirse que el país contaba con libertad de prensa y de información y no existían impedimentos para crear medios de comunicación. En el caso de la prensa, ya no era necesario tener la propiedad de costosas imprentas rotativas, servicio que actualmente muchas imprentas ofrecen a terceros en cantidad y calidad. Lo único básico sería ganar el favor del público.
Insistentemente, sin embargo, y en términos casi de verdad revelada, se propicia en diversas formas la intervención estatal –el mayor veneno de la libertad de expresión: basta ver el cercano caso venezolano-, o bien, el otorgamiento de subsidios del Estado para la creación de medios que deberían responder a una suerte de cuota política, con independencia de la calidad o atracción del medio, como ya operaba entre nosotros por casi tres cuartos de siglo un diario que no necesitaba nombrar.
¿Más diarios y menos lectores?
En Chile, como resultado de un mercado estrecho y del bajo índice del hábito de lectura, la circulación diaria de ejemplares de
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periódico es muy baja: 49,3 ejemplares por cada mil habitantes, muy lejos de los 634 por mil de Japón, los 348 por mil de Inglaterra, los 250 por mil de Estados Unidos, los 114 por mil de Italia.
Este problema es de lejos mas trascendente y negativo para la prensa. Estamos más abajo que El Salvador, con 59 por mil habitantes e igual que Costa Rica, aunque superamos los 47 por mil de Brasil y los 34 por mil de Perú.
En cuanto al crecimiento de la circulación, y tomando sólo los diarios auditados por el Sistema de Verificación de Circulación y Lectoría (SVCL), aquél ha sido, en un año, de 0,8 por ciento. Tomando el período julio-diciembre de 2003 a julio-diciembre de 2006, se advierte que la suma de los pagados y los gratuitos se ha mantenido, con leves alzas y bajas, en torno a los 800 mil ejemplares: 811.667 al iniciar el período medido y 803.783 al concluir. Los diarios pagados oscilan en torno a los 600 mil ejemplares y los gratuitos, a los 200 mil. Estas cifras no consideran a los no auditados, que son los de regiones, que se pueden estimar en 300 mil ejemplares, con lo que llegamos al millón 100 mil, que es el total para Chile.
Para el mismo período los estudios de lectoría arrojan oscilaciones entre 2,4 y 2,3 millones de personas, que corresponden a entre 1,7 y 1,6 millón de lectores de diarios pagados y entre 676 mil y 606 mil lectores de diarios gratuitos. Si relacionamos el número máximo de lectores con la población de Chile estimada para 2006, que es de 16.430.000 habitantes, concluimos que aquéllos corresponden apenas al 14,6 por ciento del total. Tenemos entonces, por de pronto, que el supuesto fenómeno de concentración en la prensa escrita se plantea objetivamente en una parte muy reducida de la población.
Ahora bien, y de acuerdo con la V Encuesta de Televisión 2005 realizada por el Consejo Nacional de Televisión, el 79,1 por ciento del universo encuestado declaró consumir todos los días televisión abierta; el 60,1 por ciento, todos los días radio; el 24,7 por ciento todos los días televisión pagada, el 22,6 por ciento, todos los días diarios y el 15,3 por ciento, todos los días internet. El análisis por segmento arroja resultados esperables: en el ABC1, el 72,1 por ciento consume televisión abierta, el 42,8, diarios y el 60,7, radio. En el C2, las cifras son, respectivamente,74,8 por ciento, 27,6 y 64,3. En el C3 varía a 82,8 por ciento, 22,2 y 64,6, y en el D, a 81 por ciento, 17,7 y 55,5.
Pero el aspecto sin duda más inquietante para los medios escritos, se refiere a la pregunta de dónde se informan más frecuentemente las personas comprendidas en la muestra respecto de su ciudad, de Chile y del mundo, cuyas respuestas son, respectivamente, de 80,8 por ciento, 83,8 y 74,9, por la televisión abierta; de 8 por ciento, 5,9 y 4 por radio, y de 4,9 por ciento, 5,2 y 4,3 por diarios.
En otras palabras, las anteriores cifras están mostrando un proceso progresivo y sostenido de alejamiento de las personas de lo escrito, sea libro o sea diario. Este fenómeno, corroborado por encuestas que determinan que el 80 por ciento de las personas no comprende lo que lee, es una expresión del profundo deterioro de la educación chilena.
Consciente de este gravísimo problema, la Asociación Nacional de la Prensa inició a comienzos del decenio de 1990 un programa, en conjunto con la Universidad Diego Portales, denominado “Prensa y Educación”, destinado a estimular el conocimiento de los diarios en
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los colegios. Este programa ha sido continuado hasta hoy en forma independiente por los diversos medios escritos del país. Es necesario subrayar que programas similares se están llevando a cabo en prácticamente todos los países del mundo.
¿Cuál es la primera conclusión que se puede sacar de lo anterior? Que si se reduce el universo de lectores, es imposible concebir que en forma paralela se pueda asistir a un aumento del número de diarios y revistas. No podría extrañar que, ante semejante panorama, nos encontremos ante un proceso de disminución de medios escritos por la reducción de la demanda de ellos, que es lo que impropiamente se ha dado en llamar “concentración”. Para hacer gráficamente perceptible este fenómeno se alude constantemente a que antes de 1973 existían numerosos diarios que, desaparecidos muchos de ellos por apoyar al gobierno de Allende, dejaron a un amplio sector de la población sin periódicos que coincidieran ideológicamente con aquél. De ahí se habría derivado una pérdida de pluralismo e, incluso, en el extremo, una amenaza a la libertad de expresión y de pensamiento.
Pero el problema es bastante más complejo. Es efectivo que, tras el golpe militar, desaparecieron “El Siglo”, “Las Noticias de Última Hora”, “El Clarín” y “Puro Chile”. Pero también lo es que en pleno régimen militar, y con las dificultades conocidas, la oposición al régimen militar inició la publicación de revistas como “Apsi”, en 1976; “Hoy”, en 1977 y “Cauce”, en 1984, a los que se agregaron “Fortín Mapocho”, después Fortín Diario”, desde 1984, y el diario “La Época”, en 1987.
Sin embargo, paradójicamente, reiniciado el régimen democrático, comenzaron a desaparecer: “Fortín Diario”, en 1991; “Análisis”, en 1992; “Apsi”, en 1995.
“La Época”, ambicioso proyecto diarístico de miembros del Partido Demócrata Cristiano, experimentó severas dificultades, y finalmente cerró en 1998.
Esto parece indicar que si bien hoy, como ya dijimos, es posible iniciar la publicación de un medio escrito, es mas difícil, ciertamente, asegurar su supervivencia. La viabilidad de los diarios, en una primera aproximación, obliga a profesionalizar su elaboración y gestión. “La Época” fue un diario de excelente factura, pero, aparentemente, la empresa no fue considerada como lo que debía ser, es decir, como un negocio, sometido a las estrictas pautas de una empresa eficiente y competitiva. Al respecto, el último director de la revista “Hoy”, Ascanio Cavallo, admitió la falencia de una gestión administrativa y comercial eficiente en su publicación desaparecida.
“El Metropolitano”, diario cuya publicación se inició en 1999 con un gran respaldo económico y a cargo de reconocidos periodistas, dejó de publicarse en 2002, y conviene leer también lo que dijo acerca de su fracaso su último editorial, firmado por Alejandro Guiller, en que reflexiona con mucha honestidad que tal vez no supieron sintonizar con las propuestas de la clase media a la cual estaban encaminados.
En suma, llegar al nivel de sustentabilidad y de correcta interpretación de necesidades de audiencias que requieren los medios es difícil, aun si se cuenta, como ocurrió hace poco con el diario “Siete”, con un fuerte respaldo, en este caso proveniente de una de las principales empresas periodísticas del país.
El Mercurio
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Se atribuye un fenómeno de concentración a los propietarios de El Mercurio como accionistas que son de tres empresas a su vez dueñas de varios diarios regionales.
Al respecto, corresponde aclarar que el Director de El Mercurio carece de toda tuición y relación orgánica con esos diarios y, desde luego, sobre los otros dos que se editan en Santiago. Sólo existe aprovechamiento relativo de servicios de información general –material completamente ajeno a la pauta propia de cada diario-, lo que abarata algunos costos y permite que los diarios regionales cubran noticias locales, nacionales e internacionales, lo que les agrega valor frente a los lectores. Además, por tratarse, por definición, de mercados relevantes definidos geográficamente, no hay concentración relevante a efectos de libre competencia.
Libertad de expresión
La libertad de expresión es esencialmente negativa, en verdad, porque es una prohibición a la autoridad pública para restringir la formación y desarrollo de empresas periodísticas y para determinar sus contenidos u orientaciones. Los riesgos surgen cada vez que se la desnaturaliza, con la pretensión de darle un contenido positivo.
Desde un punto de vista constitucional, la libertad de expresión se extiende a la vocación de todo medio nacional de mantener y ampliar su público. Por tanto, el establecimiento de límites a la circulación u otras regulaciones semejantes no son conciliables con la libertad de expresión.
Para garantizar la legítima expectativa del público a recibir información de distintas fuentes y orientaciones, no hay otro camino, que resulte constitucionalmente legítimo y eficaz en la práctica, que una irrestricta libertad de expresión, entendida en los términos clásicos de una libertad que supone ausencia de restricciones.
Es sintomático del error de interpretar equivocadamente la libertad de expresión, que en las consideraciones del acuerdo de la H. Cámara de Diputados de 6 de marzo de 2007, se exprese que es garantía constitucional el derecho a ser informado, y se cite enseguida como regla que persigue ese fin, la norma constitucional que establece la libertad de informar y opinar. En nuestra opinión, no existe otro mecanismo más eficaz para que la gente sea informada libre y pluralmente que la libertad de información, que se traduce en ausencia de imposiciones o regulaciones.
El Mercurio tiene una fuerte identidad y la tarea del director es actualizar y conservar una larga tradición. Y es obvio que su manera de ser está garantizada por la libertad de expresión.
No hay que olvidar que la empresa soporta los riesgos económicos de un diario y que el director soporta los riesgos de responsabilidad penal y civil por los ilícitos que se cometan en el medio de comunicación. Por eso, las definiciones de negocios deben ser tomadas por el empresario y las periodísticas por el director responsable de la edición (ley Nº 19.733, artículo 39 inciso segundo).
Acerca del Pluralismo
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La competencia fuerza a los diarios nacionales a satisfacer a públicos muy diferentes, en sus edades, ingresos, intereses y en sus orientaciones valóricas y políticas.
Un diario nacional que es leído por varios millones de personas tiene que ser sensible a su público; atender a sus demandas exige un pluralismo de contenidos y en todo sentido y sobre todo credibilidad e independencia. No hay manera de enmascarar un pluralismo falso que una enorme masa de lectores que piensan muy distinto entre sí valora y percibe a diario sólo cuando es real.
El pluralismo de la sociedad se tiende a reflejar en el conjunto de los medios, como resulta evidente a cualquier observador. Prácticamente no hay sector de la población chilena que no tenga acceso a uno o más medios de comunicación. Y los medios nacionales de prensa escrita tienen el desafío de cubrir necesidades y sensibilidades muy diferentes. El Mercurio llega a gente muy diversa, que vota todos los días comprándolo o leyéndolo. Ese es el juego de todos los días para el director.
La libertad de expresión incluye la definición de la orientación y contenido del medio por los órganos de gobierno corporativo de la empresa y por sus responsables periodísticos. En consecuencia, las empresas periodísticas tienen un derecho constitucional a adoptar libremente sus decisiones empresariales y editoriales.
La responsabilidad civil y penal del director y la responsabilidad civil del empresario periodístico sólo es compatible con que respectivamente puedan adoptar las decisiones de negocio y de orientación del medio de comunicación, en el caso del empresario, y de contenido periodístico en el caso del director responsable de la edición.
En otros lugares el financiamiento público de medios de comunicación como medio de favorecer el pluralismo, ha sido objeto de severas condiciones y limitaciones. Se ha fallado que sólo sería admisible si es evitada toda influencia sobre el contenido o configuración de los contenidos de prensa, así como toda distorsión de la competencia entre medios [la libertad de expresión] exige del Estado un deber material de neutralidad, que prohíbe toda diferenciación atendiendo al contenido de las opiniones’ (Tribunal Constitucional alemán, 6.6.1989). En otras palabras, por su naturaleza esencialmente negativa, la libertad de expresión no es conciliable con políticas públicas de discriminación positiva entre medios.
5.- Don Víctor Manuel Ojeda Méndez, Director del Diario Estrategia.
Recordó que asistió en el mes de enero a la Comisión sobre Avisaje Estatal y que ratificaba todo lo señalado en dicha oportunidad ya que está absolutamente vigente.
Respecto de los puntos señalados en la invitación, dijo que la concentración de los medios de comunicación era una realidad. Consideraba que su empresa constituía el único medio de comunicación independiente del país y competía con cuatro grandes grupos económicos. El grupo de las empresas El Mercurio; Copesa, el grupo Claro y el Estado o mejor dicho el Gobierno de turno, el que tendía a privilegiar, ayudar, financiar a determinados medios de comunicación en detrimento de su empresa lo que generaba una competencia desleal muy grave.
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Agregó que entre el período en que fue invitado a la comisión sobre avisaje estatal y esta fecha, la situación no sólo no ha mejorado sino que claramente ha empeorado.
Añadió que en Chile existe libertad de expresión restringida. Citó como ejemplo la relación que ha mantenido el Diario Estrategia con la autoridad económica en los últimos gobiernos, la cual se ha deteriorado como consecuencia de las críticas efectuadas por su periódico y que ha dado lugar a que se le hayan cerrado las puertas del Ministerio de Hacienda en diversos períodos.
6.- Don Genaro Arriagada Herrera, Director del Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile.
Empezó su exposición, expresando su reconocimiento por la creación de esta Comisión por cuanto ella aludía a un problema real e inminente que afectaba a la sociedad chilena, como era la pérdida de pluralismo y con ello importantes grados de libertad de expresión, todo ello debido a la creciente concentración de la propiedad de los medios de comunicación, lo que hacía que el país viviera en una situación contradictoria de avances y amenazas.
En lo que se refiere a los avances experimentados por el país en esta materia desde la restauración de la democracia, señaló que sería injusto no reconocer la situación actual de los medios de comunicación, que garantizan una mayor cercanía con los ideales de libertad y democracia, en comparación con lo existente en el período autoritario. Hoy día se viviría en una democracia que, a pesar de sus imperfecciones, dejaría amplios espacios para la crítica, el disenso y la denuncia. La libertad de prensa no estaría limitada por las leyes y en caso que el gobierno quisiera imponer tales restricciones, encontraría fuerte resistencia de la Constitución misma, de los poderes del Estado y de la sociedad civil. No existiría en el país una violencia organizada en contra de los propietarios de los medios de comunicación y el Congreso habría realizado grandes avances en la materia al poner fin a figuras como el desacato y establecer una mejor tipificación del delito de difamación.
Lo anterior no debiera significar abandonar una actitud de alerta permanente frente a estas posibles amenazas, por cuanto, si bien tradicionalmente, el verdadero peligro para la libertad de prensa se focalizaba en el poder político, siempre dispuesto a controlar a un ente que lo fiscalizaba, exponía sus errores y, en general, limitaba su poder, hoy encuentra manifestación en el problema de la excesiva concentración de la propiedad de los medios, fenómeno que conlleva dos efectos: la pérdida de pluralismo y la reducción de la libertad de prensa.
Una de las mayores amenazas que se cerniría hoy sobre la libertad de prensa, residiría en el extremo libre mercadismo en el sector de los medios de comunicación. En efecto, el mercado, si actúa ajeno a una racionalidad ética y a regulaciones, puede constituirse en un instrumento dañino para la libertad.
Si bien estas afirmaciones podrían producir escozor en quienes endiosan el libre mercado y le atribuyen no solamente virtudes económicas, que efectivamente tiene, sino que lo consideran como la base misma de la libertad, la verdad sería que dicha creencia sería errónea, por cuanto como lo sostenía el filósofo liberal del siglo pasado Kart Popper, la
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libertad si es ilimitada se anula a si misma y así, el económicamente fuerte podría atropellar libremente al económicamente débil y quitarle su libertad.
Al respecto pensaba que el estado actual de desarrollo de la industria de las comunicaciones, hacía que los grandes conglomerados periodísticos, aunque no fuera su intención, pudieran atropellar y privar de su libertad de prensa, a los grupos e individuos económicamente más débiles. Lo anterior quedaba demostrado porque en las últimas décadas, en todo el mundo, se había ido produciendo una creciente concentración de los medios en manos de grandes compañías privadas, tendencia que se basaba en el hecho de que los más grandes y mejor financiados, simplemente, engullían a los medios independientes y regionales, vale decir, diarios, radios y televisión, que sostenían una línea más contestataria y ajena al pensamiento conservador. Al efecto, citó una publicación en el diario New York Times, del año 2002, en que un político republicano afirmaba que en 1996 las dos más grandes cadenas de radio eran dueñas de 115 estaciones, pero hoy poseían más de 1400, pasando los ingresos que obtenían de una quinta parte del total de la industria, a un 55% del total. Todo esto en sólo seis años. Respecto a esta situación, dijo coincidir con el juicio emitido por Eric Klinenberg quien, haciendo un parangón con el efecto supresivo producido por grandes firmas con las cafeterías independientes y los almacenes de barrio, señaló que los conglomerados mediáticos habían devastado a los diarios producidos localmente y a los programas radiales generados en el país, siendo esta última situación bastante más delicada que la de cafeterías y almacenes por cuanto la diversidad cultural y el régimen democrático, exigían una rica y variada oferta de noticias e información sobre los asuntos públicos.
Agregó que la tendencia que se observaba en los Estados Unidos se repetía en Europa hasta el punto que en el año 2003, el Consejo de Europa había afirmado en un informe que la concentración económica, especialmente en el caso de los medios de comunicación social, podía alcanzar un límite más allá del cual la pluralidad de las fuentes de información podía verse amenazada.
En América Latina, durante la Segunda Cumbre de las Américas, efectuada en Santiago en 1997, se había acordado la creación de una relatoría especial para la libertad de prensa, dependiente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la que si bien contó con el beneplácito de los grandes medios de comunicación, sus afirmaciones emitidas en el año 2005 acerca de que la existencia de prácticas monopólicas y oligopólicas en la propiedad de los medios, afectaba seriamente la libertad de expresión y el derecho de información de los ciudadanos de los estados miembros de la Organización de Estado Americanos, lo que no sería compatible con el ejercicio del derecho a la libertad de expresión en una sociedad democrática, habrían enfriado ese entusiasmo inicial.
Como ejemplo de los efectos de esta concentración, citó una publicación del diario “El Universal”, de México, que daba cuenta de la acumulación en poder del señor Ángel González de un total de treinta canales de televisión en América Latina, lo que había llevado al diario “Prensa Libre”, de Guatemala, a calificar a dicha persona como el gran elector en cada elección realizada en ese país, ya que por medio de la donación de avisos ejercía una gran influencia política en ese Estado.
Refiriéndose al caso chileno, señaló que la estructura de la propiedad de los medios, mostraba una fuerte tendencia a la concentración
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y a la pérdida de pluralismo. Recordó que con anterioridad al período militar, en lo que se refiere a los diarios, existía un número mayor y con líneas editoriales más diversas como lo demostraba la existencia de los diarios “El Mercurio”, “Las Ultimas Noticias”, “La Segunda”, “La Tercera” y “La Nación”, los diarios “Última Hora”, “Clarín”, “El Siglo” y “Puro Chile”, de tendencia de izquierda, “La Prensa”, de centro y “Tribuna” de derecha. A lo anterior, se unía una verdadera diversidad de diarios regionales. Asimismo, a fines del Gobierno Militar se fundaron los diarios “La Época” y “Fortín Mapocho” lo que dio la impresión de una vuelta a un mayor pluralismo, pero que luego se esfumó.
Agregó que actualmente el diarismo nacional mostraría una falta de pluralismo sin precedentes, por cuanto existiría un duopolio ya que de los ocho diarios nacionales existentes, cinco, que representan el 95% de las copias que circulan diariamente, pertenecerían a dos empresas. En lo que se refiere a los diarios regionales, salvo tres o cuatro, los demás pertenecerían a la cadena de “El Mercurio”.
Dijo no estar en contra de las grandes empresas de comunicación y reconoció el derecho que tienen a expresar sus puntos de vista, como también los esfuerzos realizados por el principal accionista de COPESA en la creación del diario “Siete”, destinados a dar un mayor pluralismo a la oferta de diarios. Señaló no estar de acuerdo con quienes execraban la concentración de los medios como una perversión, porque si bien habría casos que buscaran la creación de monopolios, también era cierto que la tendencia obedecía a razones de negocios y de funcionamiento de los mercados, que, a veces, la hacían inevitable a menos que se adoptaran regulaciones adecuadas. En todo caso, la tendencia a la concentración existía y en las distintas reuniones a que había asistido, siempre se señalaba que la concentración de los medios estaba sofocando la libertad de prensa.
Sostuvo, en seguida, que los avisadores reforzaban la concentración, cuestión a la que ayudaba la pequeña dimensión de las economías y sociedades de la región, por cuanto por el hecho de colocar sus avisos, creían tener derecho a influir en la línea editorial del medio o, mediante la discriminación en la colocación publicitaria, pretendían sacar del mercado a quienes disentían de sus ideas o intereses. Asimismo, también podía haber discriminación de parte de los gobiernos a través del avisaje fiscal, razón por la que le parecía muy adecuada la creación de la Comisión Investigadora sobre Avisaje del Estado, pero creía que respecto de la realidad chilena podrían desprenderse tres líneas: primero que este avisaje era bajo pudiendo graduarse entre el 5 y el 10% del total; segundo que si existiera discriminación, ésta cedería a favor de las grandes cadenas periodísticas, las que recibirían un porcentaje mayor que la que justificaría su circulación, y tercero que este avisaje no favorecería a los medios de comunicación alternativos o independientes de los grandes intereses económicos del país ni tampoco a los más afines a la Concertación.
Agregó que el gran riesgo de esta tendencia a la concentración, sería la reducción del pluralismo, lo que fuera de control, puede llegar a hacerlo imposible. Todo razonamiento de buena fe llevaría a la conclusión de la existencia de una ecuación entre pluralismo y libertad de prensa, es decir, la libertad de prensa verdadera requeriría un amplio pluralismo o, en otras palabras, la libertad de prensa se tornaría irrelevante cuando el pluralismo se reduce a uno o dos conglomerados mediáticos. Al respectó, se preguntó qué
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pasaría si estos conglomerados intentaran imponer al resto de los ciudadanos una sola visión del mundo, la sociedad o la cultura.
Si todo pudiera solucionarse en base a lo que se afirma, en el sentido de que quienes están disconformes con esta realidad, podrían eliminarla o aminorarla por medio de la creación de sus propios medios, dado que la Constitución y las leyes así lo permiten, afirmación que compara con la que sostiene que el alivio de la pobreza no sería función del Estado, porque ella derivaría de un opción personal de personas viciosas o dominadas por la pereza, reconoció que, efectivamente, la ley, en virtud del principio de la libertad de empresa, otorga el mismo derecho a un poderoso grupo económico como a un sindicato, pero, en la práctica, eso no sucede y cada día es más difícil que suceda. Recordó que un siglo atrás, la tenencia de un medio de comunicación era una empresa posible para muchos sindicatos, traduciéndose ello en la creación de gran cantidad de periódicos formados con el esfuerzo de los obreros, cuestión que pudo comprobar en un trabajo de investigación que realizó y que le permitió conocer el diario “El Despertar de los Trabajadores”, fundado por don Luis Emilio Recabarren, con muchas páginas, gran formato y abundante cobertura noticiosa de política, economía, luchas sociales, el movimiento internacional y con corresponsales en Europa y Japón. No obstante, desde entonces y hasta ahora, las barreras de entrada a esta actividad no han hecho más que crecer y, por lo mismo, la creación de un diario, una estación de televisión abierta o una radio, resulta empresa accesible sólo para grandes conglomerados o poderosas empresas internacionales. Por tanto, los sindicatos, los partidos políticos, la clase media o los pequeños empresarios todos con iguales derechos a votar, a manifestarse, salir a las calles para representar sus demandas y ejercer el derecho a petición, no pueden acceder a la prensa, derecho al que tienen acceso solamente personas con muchos recursos económicos, las que, además, pertenecen a una misma categoría social y tienen similar visión del mundo y de las cosas.
La cadena descrita remataría en la relación que esta concentración de poder crea entre los propietarios de grandes medios y la política, la que según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, no sería un fenómeno nuevo en las sociedades modernas, pero si lo sería la relación casi incestuosa entre la política y los medios de comunicación, en que los políticos usarían de los medios para la promoción de sus intereses políticos y los propietarios de medios de comunicación utilizarían su posición para, tomando ventaja de los políticos de turno, hacer realidad sus intereses empresariales.
En la parte final de su exposición, señaló que no concordaba con lo que llamaría la ideología oficial de las organizaciones que agrupan a los grandes medios periodísticos de América Latina, esto es, que el funcionamiento completamente libre del mercado de medios de comunicación, asegura la libertad de expresión. Por el contrario, cree que tal concepto contribuye a ahogarla y que dicha libertad es un bien común superior, cuyo resultado no puede ser entregado a las fuerzas del mercado.
Como una forma de enfrentar este problema, formuló las siguientes sugerencias:
1° Creía necesario crear conciencia de la gravedad del problema, lo que no sería algo fácil porque para la gran prensa el problema no existe y sería únicamente producto de una obsesión de tendencia socializante. Añadió que el trabajo que realizaba la Comisión tenía contrapartes en muchos de los más importantes parlamentos del mundo, por lo que pensaba
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que sería bueno solicitar a la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos que, por medio de su relatoría sobre libertad de prensa, opinara sobre la concentración de los medios, pluralismo y libertad de expresión. Igual consulta podría hacerse a otros centros de nivel mundial preocupados del tema.
2° Asimismo, pensaba que debiera empezar a tratarse el tema de las regulaciones. Añadió que como la aplicación de la pura lógica económica y de mercado hacía inevitable la concentración, parecía necesaria la regulación para evitar tal negativo impacto, pero respetando plenamente la libertad de las líneas editoriales. Señaló estar seguro que una proposición como ésta sería motejada de restrictiva y contraria a la libertad de prensa, como lógica reacción de un interés corporativo estrecho. Al respecto, planteaba efectuar un análisis de la legislación aplicable en países como Holanda, Alemania y los Estados Unidos.
3° Pensaba que una de las mejores regulaciones existentes, sería la que estableciera una plena transparencia. Dada la importancia y el poder que tienen los medios de comunicación respecto de la vida de todas las personas, creía imprescindible que se supiera quienes eran sus dueños, la forma corporativa de gobierno de sus empresas, sus negocios relacionados, su contabilidad y sus ingresos no operacionales.
4° Creía, igualmente, que para combatir el efecto concentrador provocado por el avisaje, como también para evitar las presiones o discriminaciones que ejerce sobre los medios, la transparencia era fundamental, por lo que como resultado del estudio de la Comisión sobre Avisaje del Estado, esperaba se estableciese la obligación de toda empresa pública, servicio o repartición estatal de dar plena publicidad en su memoria anual o en su página web, de los medios en que avisa, precio en que lo hace y monto total invertido por ese concepto. Una regla similar debiera aplicarse al sector privado, pero dada la dificultad que ello representa por la gran cantidad de empresas existentes, pensaba que esta exigencia podría limitarse a las empresas extranjeras, a las que tengan fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones, a las que transen sus acciones en la Bolsa o que publiciten por más de treinta millones de pesos en el año.
5° Por último, creía necesario no olvidarse de la idea de establecer medios de comunicación públicos de carácter no gubernamental, puesto que en el caso de la televisión chilena, la convivencia entre medios privados y públicos no gubernamentales había demostrado ser mejor que uno puramente privado, el que, a su juicio, no había hecho una contribución ni al pluralismo ni a la objetividad periodística y tenía una importante responsabilidad en la banalización de la pantalla.
7.- Don Juan Pablo Cárdenas Squella, Director de Radio Universidad de Chile.
Expresó que a fines del Gobierno de don Salvador Allende, época en que comenzó a ejercer la profesión de periodista, existía un amplio campo para la libertad de expresión. Entiende que el gran mérito del sistema republicano que existía hasta entonces, era que las fuerzas vivas del país, los sindicatos, los partidos políticos, las organizaciones estudiantiles, etc. todos podían fundar y desarrollar medios de comunicación y el país realmente mostraba una diversidad enorme en relación a los medios de comunicación que existían. Los grandes medios de comunicación se ampararon de la crisis de entonces y terminaron constituyéndose en medios
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que sirvieron de trinchera y que al final colaboraron bastante en el quiebre institucional del año 1973.
Durante el gobierno militar el desarrollo de la comunicación se hizo difícil y hubo muchos años con una intensa censura o restricción. Recordó que fundó y desarrolló la revista Análisis. Se negó a solicitar los permisos que en ese tiempo se exigía que se presentaran en el edificio Diego Portales y recibió una suerte extraña de patrocinio de la Iglesia Católica a través de la Academia de Humanismo Cristiano. Gracias a ello se logró desarrollar un medio de comunicación, tímido al principio, pero una vez que hubo Constitución Política pudieron avanzar como tal.
Manifestó que una vez recuperada la democracia, existía la expectativa de que dicho medio se consolidara. Sin embargo, ello no ocurrió. No existió ningún tipo de apoyo gubernamental sino que, por el contrario, se produjo lo que él denomina un “exterminio” de algunos medios de comunicación.
Explicó que si bien bajaron las ventas, éstas eran suficientes como para poder tener publicidad, pero se hicieron todos los esfuerzos del caso y no fue posible mantenerlos.
Estimó que algunos medios fueron, verdaderamente, asesinados. La revista Análisis no murió porque cesaran los pagos o no pudiera cumplir con sus compromisos. La revista Análisis murió porque desde La Moneda, desde la oficina del actual Ministro del Interior, Belisario Velasco, se organizó una operación millonaria para comprarles las acciones a algunos miembros del Directorio, Fernando Castillo Velasco, Oscar Saavedra y Patricio Hurtado, para hacerse del control y luego cerrarla a los pocos números después de su renuncia.
Señaló que el Estado chileno renunció a la responsabilidad que todos los países democráticos tienen en esta materia. En Alemania, hasta el día de hoy se subsidia el papel, de manera que todo el papel que sirva para imprimir libros, diarios, se mantiene subsidiado.
En Francia, hace algunos años, se obligó a una revista a permanecer viva cuando tenía problemas económicos y se le ofreció un crédito para ir en su rescate porque el Estado francés no se podía dar el lujo de perder una publicación cultural como la que estaba a punto de morir.
En Estados Unidos la legislación ha ido Estado por Estado estableciendo regulaciones que eviten la concentración informativa.
Creía necesario que el Estado otorgara líneas crediticias para promover el emprendimiento.
8.- Don Pablo Ramírez Corvalán, Director de Estándares Editoriales de la Corporación de Televisión de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Inició su intervención señalando que lo hacía en representación de la directora ejecutiva del canal, la señora Mercedes Ducci, quien se excusó de venir por encontrarse en Estados Unidos, país desde el cual regresaría recién al día siguiente.
Señaló que para ser bien franco, hubiera deseado contar con un plazo algo más extenso para preparar su aporte a esta investigación, dado lo vasto, lo amplio de la materia para la cual se ha creado esta instancia y la profundidad de la discusión que debiera darse en relación con el contenido de su cometido, ya que no obstante dedicarse a la televisión, al periodismo, a las comunicaciones, no se reflexionaba permanentemente
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sobre dicha labor, sino sobre la contingencia. Así es que como industria, como empresa, no siempre se hacían las preguntas fundamentales que sí hacía la Comisión.
Por la razón anterior, señaló que limitaría su exposición a expresar la opinión del Canal que representa, sólo sobre algunos aspectos puntuales.
Señaló que, en general, la visión que tenían, como canal de televisión, es que, en lo sustancial, el país había progresado enormemente en cuanto al aseguramiento de los derechos relacionados con las libertades de expresión y de opinión y, también, en cuanto al funcionamiento de los medios de comunicación, en sus distintas manifestaciones.
En el caso de la televisión, estimaban que este medio contaba con un marco claro y previsible y consideraban que, en general, su funcionamiento había sido adecuado, por lo menos, en los aspectos institucionales. Agregó que era necesario aceptar, en todo caso, que las fricciones sociales en relación con la problemática informativa, de las comunicaciones y de la opinión iban a existir siempre. Tanto es así que esas mismas fricciones se convierten en una muestra de la calidad de su desempeño.
Este estado de progreso y de cierta satisfacción no implica que no haya varias áreas en las que sería necesario avanzar. Dentro de éstas señaló que se referiría de manera muy sintética a tres que les parecían fundamentales: la transparencia en las competencias del Estado; el ejercicio periodístico, con énfasis en un aspecto muy puntual, que es la investigación periodística, y la calidad de la televisión, con las dificultades propias de la industria televisiva para ofrecer mejor calidad.
En el primer aspecto habrían habido avances innegables durante las últimas décadas. Además, se trataría de avances progresivos, pues se han ido sumando unos a otros. Serían el resultado de modificaciones legales que los parlamentarios conocen perfectamente, porque son coautores de ellas. Sin embargo, en alguna medida, estas modificaciones constituían todavía letra muerta, porque la información pública sigue protegida por prácticas atávicas en muchos organismos y porque los ciudadanos no poseen todavía el conocimiento ni la facilidad para hacer valer sus derechos en esta materia.
En ese sentido, señaló que coincidían con lo manifestado recientemente por la Organización No Gubernamental Fundación Pro Acceso, en cuanto a que es necesario avanzar mucho más en iniciativas que aseguren de verdad el acceso a la información por parte de los ciudadanos y la disponibilidad de información por parte del sector público.
En cuanto al ejercicio periodístico, señaló que consideraban que se encuentra gravemente limitado en un aspecto muy puntual, pero que tiene implicancias mayores: el artículo 161 A del Código Penal. Precisó que pese a que el canal había sido absuelto en causas en que se invocó ese artículo, creían que su sola existencia atentaba contra la autonomía periodística en cuanto a la definición de sus recursos investigativos.
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En ese sentido, la visión que tenían era que la ley debiera tener un carácter más bien reactivo, con énfasis puesto no en los medios usados, sino en sus resultados.
Agregó que no pretendían que la ley les entregara una especie de cheque en blanco que permitiera grabarlo todo y decidir a posteriori si hay o no hechos públicos cuya relevancia amerite su difusión, pero sí un nivel suficiente de libertad como para definir de manera autónoma, acerca de la idoneidad de los medios a usar ante determinados acontecimientos que llegaran a su conocimiento.
Tal como está planteada la situación, creían que la ley colocaba un velo inviolable frente a la capacidad de indagación que tiene el periodismo, permitiendo con ello la perpetuación de, quizás, qué hechos, los cuales, una vez conocidos, impactan sin duda a la sociedad y pueden, no pocas veces, constituir delitos.
En relación con la televisión y su calidad, tercer tema fundamental que les preocupaba, señaló necesario efectuar algunas consideraciones previas: primero, creía necesario definir qué debía entenderse por calidad de una manera lo más operativa posible para no entramparse en una discusión bizantina. Calidad sería la excelencia o la manifestación de las posibilidades expresivas del medio televisivo; es decir, la capacidad de la televisión de dar todo lo que es capaz de dar al telespectador. Eso se traduciría en una multiplicidad de aspectos, tanto formales como de fondo, algunos de ellos estéticos y otros éticos.
La pregunta fundamental que les parecía que debía hacerse es si la constitución actual de la televisión chilena estimula efectivamente el incremento de la calidad, entendida en términos muy amplios, es decir, ¿impulsa la diversidad, el pluralismo, la belleza, la capacidad de interpretar a la sociedad?
La respuesta que tenían frente a esta interrogante es que habían aspectos de nuestra industria televisiva que más bien alimentaban lo contrario, es decir, un ciclo de pérdida de calidad.
9.- Don Jaime de Aguirre Hoffa, Director Ejecutivo de Red de Televisión S.A., Chilevisión S.A.
Señaló que el modelo chileno de televisión era bastante único en el mundo, pero su fuerza motriz, finalmente, sería la misma que en la gran mayoría de los países: el mercado. Todos los canales, más allá de sus respectivas institucionalidades y misiones, lucharían por el rating y por la inversión publicitaria. Esta lucha, cuando se aborda de manera autónoma e irreflexiva, deviene en una televisión menos diversa, menos creativa y que juega más al borde en lo que atañe a la dignidad de las personas.
Un modo que habría encontrado la institucionalidad para combatir este problema, sería la creación de fondos concursables para financiar programas de televisión de calidad. Ese esfuerzo, pensaba, habría sido exitoso, aunque, naturalmente, expresivamente insuficiente.
Señaló que este año el fondo del Consejo Nacional de Televisión esperaba entregar un poco más de 1.600 millones de pesos en ocho categorías. Esto representa un poco más de 3 millones de dólares. Para dar un ejemplo comparativo, Inglaterra entregó este año a Channel
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Four, que es un canal público mandatado para desarrollar televisión de calidad innovadora y creativa, más de mil millones de dólares. A esos mil millones de dólares entregados directamente por el Estado, Channel Four los incrementa en aproximadamente 1.600 millones de dólares más
Sostuvo que, quizás, debería decirse que la televisión se enfrentaba a un sinnúmero de procesos que se podrían sintetizar en tres. ¿cómo se vería esto desde Chilevisión?
Primero, aunque pareciera divertido decirlo, en qué, cómo y con quién.
Allí se centran, en una especie de máquina permanente, estos tres aspectos. Es decir, el qué, que son los contenidos; quiénes, que son las audiencias, y cómo, que es el tema de la gestión, una especie de articulación permanente, una especie de mesa de tres patas, en la cual la televisión se bate día a día para existir. Y por existir, por cierto, con mayor calidad, entendiendo por calidad, desde Chilevisión, la capacidad de encontrarse en un diálogo fecundo con la ciudadanía a través de los contenidos. Agregó que decía un diálogo, porque la televisión durante muchas décadas, desde sus comienzos, hasta los años noventa o finales de los ochenta, más o menos, se había constituido en el mundo como una especie de eje iluminador para la gente. Es decir, cómo debía entretenerse; de qué debía enterarse; de qué no debía enterarse.
Expresó que, al menos en Chile, aunque también en Europa, se produjo un cierto fracaso de ese modelo, al que llamó iluminista de televisión. En esta materia, se daba una relación entre televisión y audiencia mucho más horizontal y mucho más democrática. Por lo tanto, los públicos dejaban de ser objeto para la televisión.
En muchos casos, los Estados, formalmente representados, particularmente en Europa, en que el paradigma de la BBC irradiaba hacia todo el mundo, incluido Chile, a comienzos de los noventa, por lo menos en el país, se habría producido un cambio muy brusco con la llegada del cable y con la apertura hacia la televisión privada. Se percibía, entonces, que los públicos, además, comenzaron a potenciarse tanto que ya no resultaba posible, ni realizable, una televisión verticalista, como la que había en el país hasta hace un tiempo.
Esta forma de hacer televisión, con mucho más oídos puestos en escuchar, con más respeto por lo que las audiencias querían, en cuanto cuáles eran los temas que interesaban, cuáles los temas que angustiaban, o, simplemente, que entretenían, hicieron que, sin darse cuenta, la televisión haya estado durante toda la década de los noventa reconstruyéndose sobre la base de un nuevo paradigma, que sería esta televisión más dialogante con las audiencias. Eso, evidentemente, como en todo proceso de renovación, con la ayuda de las tecnologías, etcétera, ha inducido a que se tenga una televisión que, cuando se habla de calidad, pueda estar llena de imperfecciones, pero que está parada sobre la base de un concepto mucho más lógico. Se hace televisión para la gente. La gente ve televisión y la gente responde. Y tiene hoy, gracias a la tecnología, la capacidad de reaccionar frente a ella para bien o para mal.
Afirmó que Chile tenía cincuenta años de historia en televisión y un canal, como Chilevisión, originalmente de la Universidad de Chile, tenía también una larga trayectoria en esta sociedad.
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Agregó que les preocupaba –hablando por Chilevisión- una cierta atmósfera que se ha ido creando en torno al trabajo que desarrollaban y que tenía las características que señaló anteriormente. Se percibía, de parte de las elites políticas, empresariales y religiosas, una atmósfera de crítica desatada contra la televisión, sin tener en cuenta un pequeño fenómeno: que no había que olvidar, como era que la televisión, en alguna medida, sería el espejo de lo que ocurría en la sociedad.
Señaló que ahora que necesariamente se debería legislar sobre el modelo de televisión, a propósito de la digitalización, ese temor se hacía más profundo.
Expresó que en conversaciones que habían tenido con distintos actores del mundo político, se dejaba entrever una cierta pasada de cuenta a la televisión, por aquellas cosas que no dejaban conforme a las elites políticas. Dijo que ello había sido muy explícito y no le parecía necesario relatarlo. Ninguna de las elites estaría contenta con la televisión que existe en estos momentos en Chile por la forma en que se representa al mundo político.
Agregó que tampoco eran autocomplacientes ni estaban extremadamente conformes. Creían que habían enormes desafíos con respecto a los temas de contenido, calidad y capacidad que debería tener la televisión para acercar las audiencias a materias más relevantes que preocupan al país.
No obstante, creían que el hecho de mirar a la televisión exageradamente como la gran corresponsable de los males de la sociedad, los tenía francamente nerviosos.
Insistió en que no hacían otra cosa más que representar –a veces bien, a veces mal- a esta sociedad tal como era en todos sus ámbitos.
Sostuvo que los ámbitos de la entretención y de la información eran los dos grandes elementos que sostenían a la televisión; dos géneros que se mantenían desde que la televisión existía: la información y la ficción. Pasaban los musicales, los humoristas, los concursos, pero en esos dos ámbitos la televisión había basado su desarrollo durante este último medio siglo.
Agregó que la nerviosidad que experimentaban, se generaba porque creían que no se había reaccionado con la suficiente eficacia en legislar acerca de los temas de derecho de expresión, derecho a la intimidad, qué es privacidad, qué no lo es, qué cosas puede o no puede saber el público, qué cosas son del ámbito privado y cuáles del ámbito público. Había un artículo, el 161 A del Código Penal, que desde hace cuatro años tenía en los tribunales a cinco periodistas del canal pidiendo permiso para salir del país, sin derecho a votar, privados de sus derechos ciudadanos.
Dijo que se había hecho ver que ese artículo, nacido en 1993 al calor de una situación muy puntual, no había sido objeto de revisión hasta la fecha y les penaba, día a día, en su rol de comunicadores y periodistas.
Pero no se trataba sólo de eso por cuanto en Chilevisión pensaban que la televisión había hecho una contribución enorme, sin ser
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autocomplacientes, al desarrollo del país, al entendimiento de esta sociedad, a ser más reflexiva, a entretenerse, etcétera. Dos ejemplos clarísimos al respecto: la televisión sería el único medio de comunicación que contribuiría al conocimiento de la política, a la participación en elecciones votadas informadamente a través de una franja cedida gratuitamente como espacio; ha organizado la Teletón desde hace muchísimos años, como una gran motivación de todos los aspectos que tienen que ver con la solidaridad.
Hoy los niños tendrían conciencia ecológica y del daño del cigarrillo, siendo lo más probable que influyera en ellos, fundamentalmente, la televisión. Agregó que sería largo enumerar cosas que habían contribuido desde la televisión, hace muchos años, a que ésta fuera una sociedad con mayor transparencia.
Señaló que en los años 90 se había asistido a un mercado de televisión, al revés de lo que se dice, muy diverso. Convivieron en Chile la televisión privada, la universitaria, la estatal y el cable. Cada uno con sus propósitos, algunos más declarados que otros. Creía que sería una buena idea que se pidiera a los medios de comunicación, en general, hacer explícitas y públicas sus intenciones editoriales.
Agregó que el Canal 13 tenía su manual de estilo, por llamarlo de alguna manera, escrito y difundido. Chilevisión contaba con guías editoriales desde el año pasado y el Canal 7 también las tenía. Cada canal tenía un propósito editorial, los que se podrían decir casi de memoria. Por ejemplo, la obsesión de Canal 7 por el pluralismo; la evangelización de la cultura de Canal 13, hecho explícito en algún minuto, y, por parte de Chilevisión, la preferencia por el tema ciudadano e informativo.
Señaló que en Chile había una televisión amplia y diversa . En Chilevisión convive teatro con el programa Contacto y con las noticias del Canal 7. La teleserie de Canal 9 con las comedias, es decir, se trataría de una televisión diversa, comparada continentalmente.
Dijo creer que había llegado el minuto, por los tiempos que se enfrentaban y particularmente por la digitalización que trae tantas posibilidades y tentaciones, de mirar lo que estaba ocurriendo con la televisión y cuáles habían sido sus aportes, sus debilidades y sus fortalezas. Enfatizó que desde Chilevisión defenderían, de manera muy decidida, todo lo que tuviera que ver con la libertad de expresión y con el derecho a la información.
Señaló que se daba al país una oportunidad maravillosa con este salto a la digitalización, para la construcción de un modelo que fuera capaz de conservar la fortaleza que tenía el actual, y avanzar en aquellas cuestiones que el futuro deparara. Por lo demás, Internet estaba demostrando que sólo sería la punta del iceberg lo que se vendría, en cuanto a cambios tecnológicos y a las formas de relacionarse los seres humanos.
Pidió reflexionar acerca de lo que podrían ser 15 millones de periodistas, eventualmente, con su celular sacando fotos y subiéndolas a la red, lamentablemente, coexistiendo con el artículo 161 A del Código Penal.
Finalizó señalando que hacía un llamado a pensar sobre las oportunidades que daban, en el sentido de dar un paso hacia delante, que permitiera a los medios de comunicación colaborar a construir una sociedad más transparente y democrática.
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10.- Don Pablo Bello Arellano, Subsecretario de Telecomunicaciones.
Inició su intervención, señalando que dentro de la visión del Gobierno, existía preocupación por la concentración en los medios de comunicación, es decir, radios, diarios y televisión y que para hacer frente a este problema se había presentado un proyecto de ley que favorece a las radios regionales y se preparaba otro para favorecer a las radios comunitarias, como también otra iniciativa para la televisión digital, la que reservaría espacios del espectro para canales locales y regionales.
Señaló que la concentración constituía una tendencia a nivel mundial, pero que, en general, los países avanzados habían adoptado regulaciones para el resguardo de los medios locales, como era el caso de los canales de televisión autonómicos en España; explicó que en materia de radios, y a diferencia de lo que existe respecto de otros servicios, no había norma regulatoria alguna que impidiera la concentración; en cambio, respecto de la televisión, no es posible tener más de una concesión y en los servicios de telecomunicaciones existen límites para la acumulación de espectro.
En seguida, apoyándose en gráficos, efectuó una reseña de la evolución experimentada por la participación de los medios en el gasto total en publicidad, comparando televisión, diarios, radios, vía pública, revistas, televisión por cable, internet y cine, desde el año 1997 al 2006, demostrando que la mayor participación, 48,1%, corresponde a la televisión abierta; 29,2% a los diarios; 8,8% a la vía pública, y 7,5% a las radios.
Mediante otro gráfico, señaló la participación en la audiencia total en las ciudades de Santiago, Iquique, Antofagasta, La Serena, Valparaíso, Concepción y Temuco, atendiendo a la radio y a sus propietarios, demostrando que el Grupo Iberoamerican tiene en todas esas ciudades el porcentaje más alto de audiencia, alcanzando un promedio total de 32,5%; le sigue la Familia Mosciatti con el 7,4% del total y el grupo CRC con el 6,4%del total.
Procedió, luego, siempre dentro de la idea de analizar la concentración de los medios, a referirse a la fusión de los grupos GLR Chile Ltda.. e Iberoamerican Radio Chile S.A., dos de los grupos más importantes del mercado radial chileno, los que en conjunto suman el 17% de las concesiones de frecuencia modulada (FM) en el país . Agregó que sobre el punto no se consultó a la Subsecretaría, pero el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia autorizó la fusión, materia que deberá conocer, por la vía de reclamación, la Corte Suprema1. Explicó que el Grupo GLR Chile Ltda.., filial de una sociedad española constituida por las sociedades Prisa y Godó, controla cuatro cadenas de radio en el país: 40 Principales, Bésame, Radioactiva y W radio. A su vez Iberoamerican Radio Chile S.A. , filial de Claxson Chile S.A. , controla ocho cadenas de radio: Imagina, Rock & Pop, Concierto, Futuro, FM Dos, Corazón, Pudahuel y FM Hit. Como ejemplo del resultado de esta fusión, señaló que de un total de 35 concesiones de frecuencia modulada en Santiago; 23 en Valparaíso-Viña; 23 en Concepción Talcahuano ; 32 en Antofagasta y 22 en Temuco, la fusión se traduciría en el control de 11 concesiones en el primer caso, con el 31% del total; 6, en el
1 Reclamo rechazado por sentencia de 22 de noviembre de 2007. Rol 4578-2007.
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segundo caso, con el 26% del total; 9 en el tercero, con el 39% del tota; 9, en el cuarto, con el 28% del total y 9, en el quinto, con el 41% del total.
Respecto de esta concentración, señaló que la apreciación de sus efectos sobre el mercado radial, sería una cuestión de la competencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y la Fiscalía Nacional Económica, no correspondiéndole al Gobierno pronunciarse sobre una cuestión que se trataba en los tribunales. Añadió que si bien la Ley de Prensa, en su artículo 9°, trataba del principio de reciprocidad, aplicable a las concesiones de radiodifusión solicitadas por personas jurídicas que tuvieran participación de capital extranjero superior al 10%, en cuanto al trato que se daría a los empresarios radiales chilenos en el extranjero, similar al que los extranjeros reciben en Chile, cuyo incumplimiento acarreaba la caducidad de pleno derecho de la concesión, no contenía disposiciones que dijeran relación con la concentración de los medios. Agregó que de acuerdo a la misma ley, la infracción al citado principio es de acción pública, se tramita de acuerdo a un procedimiento breve y sumario y es materia de la competencia de los juzgados civiles. Añadió que no tenía conocimiento de que se hubiera presentado alguna denuncia.
En cuanto al rol que cabe a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, señaló, en primer lugar, que esa repartición carecía de competencia sobre la Ley de Prensa y que le era imposible pronunciarse sobre una fusión si no existía una disposición legal que la autorizara.
En lo que se refiere al procedimiento para el otorgamiento de concesiones, señaló que tanto para el otorgamiento como para autorizar la transferencia de las mismas, se exigía al interesado que acreditara, siempre que correspondiera, antecedentes sobre la aplicación del principio de reciprocidad y que en el caso de la fusión comentada no existía ninguna solicitud de transferencia asociada a ella, circunstancia que hacía innecesaria la autorización previa por cuanto la figura jurídica de la fusión, suponía la continuidad de la concesionaria y no la transferencia de la concesión.
Terminó señalando que la Subsecretaría había solicitado, respecto de esta fusión, antecedentes al Consejo de Defensa del Estado y a la Cancillería, a la vez que analizaba la legislación española en lo referido a los alcances de la reciprocidad, por lo que si se llegaba a la convicción de que en dicha legislación no tenía cabida tal principio, se presentarían los antecedentes a los tribunales, a la vez que se informaría al Congreso sobre los resultados de esa investigación. Asimismo, agregó que se estaba analizando la legislación nacional para evitar vacíos como el descrito y resguardar en mejor forma la diversidad y el pluralismo.
11.- Don Sebastián Soto Velasco, Director del Programa Legislativo del Instituto Libertad y Desarrollo y don Ignacio Illanes Guzmán , Director del Programa Político del mismo Instituto.
Iniciaron su intervención remarcando la importancia de la libertad de expresión, recordando el concepto que de ella había dado la Corte Europea de Derechos Humanos como uno de los fundamentos esenciales de una sociedad democrática y una de las condiciones básicas para su progreso y para la realización individual; la opinión emitida por la
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Corte Interamericana de Derechos Humanos quien consideró que ella se insertaba en el orden público primario y radical de la democracia, que no es concebible sin el debate libre y sin que la disidencia tenga pleno derecho a manifestarse, o la Corte Suprema de los Estados Unidos, la que rememorando la actuación de los padres de la patria, señaló que ellos creyeron que la libertad para pensar como se quisiera y para expresar lo que se pensara eran medios indispensables para descubrir y expandir la verdad en política; que sin libertad de expresión y de reunión la discusión perdería su importancia; que, con dichas libertades, el diálogo se transforma en una herramienta adecuada para evitar la propagación de doctrinas funestas; que la discusión pública es un deber político y que todo lo anterior debía ser un principio fundamental del gobierno de ese páis.
En cuanto a la importancia de la libertad de expresión, citaron al Banco Mundial, el que consideraba que los medios de comunicación podían jugar un rol importante en el desarrollo de los países, afectando los incentivos de los participantes en el mercado e influyendo sobre las demandas por cambios institucionales. Asimismo, la información que fluye de dichos medios, podía influir sobre las ideas de las personas, monitorear el actuar de la gente y crear conciencia de cambio. Igualmente, tanto en los países industrializados como en desarrollo, los medios habían promovido la competencia económica y política y habían incentivado una mayor rendición de cuentas por parte de actores públicos y privados. Los medios darían poder a la gente, pobres o no, brindándoles una plataforma para expresar sus opiniones, participar de la toma de decisiones e involucrarse en los mercados.
En lo que se refiere a la posible amenaza que representaría la concentración de los medios, se preguntaron si ésta es o no normal. Citan como ejemplo de que parecería algo normal, el hecho de que el señor Axel Springer tenga 150 diarios en treinta países, entre ellos, el más grande del continente. La firma Bertelsmann AG opera, a su vez, en 63 países con 88000 empleados y 23 billones de dólares en ventas. En los Estados Unidos, en un lapso de veinticinco años, setenta empresas terminan fundidas en sólo ocho.
Siempre en el mismo tema, se preguntaron si la concentración de los medios es o no justificable. Al respecto, se inclinaban porque sí lo es por cuanto las tecnologías que se emplean traspasan las fronteras, debido a la necesidad de escalar para poder competir en un mundo global, la necesidad de disminuir los costos de las transacciones, de lograr una mayor eficiencia, de aprovechar el conocimiento o experiencia y de competir en mercados globalizados. Además de lo anterior, se trata de una industria en constante cambio y muy vulnerable a los ciclos económicos, por lo que las bajas de importancia en la publicidad explican la necesidad de conformar instituciones sólidas. Igualmente, nuevos medios como la televisión e internet afectan las preferencias de los usuarios y hacen retroceder a la prensa escrita y a las radios, lo que obliga a la necesaria adaptación para competir con dos nuevos fenómenos globales
Otro factor que justificaría la concentración sería la verdadera irrupción de los consumidores de los medios, el acceso masivo a los medios, fenómeno que exige una verdadera transformación de la industria desde la base misma. En la actualidad, la competencia proviene de todos los frentes, vale decir, internet, televisión digital, comunicación móvil,
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etc., fenómeno frente al cual la concentración no servirá de mucho si no sintoniza con las necesidades de los consumidores.
Citaron a continuación a un Premio Nobel de Economía que trata sobre “El mercado de los bienes, el mercado de las ideas.”, y sostienen que en un mercado competitivo los medios buscan el favor de su público a fin de asegurar compradores, auspicio y ganancias. Así, si existen nichos vacantes, llenarán ese espacio, tal como, señalan, lo haría el diario Las Ultimas Noticias en Chile; si, por el contrario, el mercado está copado, convergerán hacia el centro, todo ello considerando que los lectores esperan que el medio que leen refuerce sus puntos de vista, en caso contrario, cambiarán de medio.
En cuanto a que si la situación actual del país afecta a la democracia, señalaron que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia se pronunció favorablemente sobre la compra que el grupo GRL Chile Ltda., hizo de la sociedad Iberoamerican Radio Chile S.A. La primera, filial del grupo español Prisa, controla en el país cuatro cadenas de radio (40 Principales, Bésame, Radioactiva y W Radio) e Iberoamerican Radio Chile S.A., a su vez, controla ocho cadenas radiales ( Imagina, Rock & Pop, Concierto, Futuro, FM Dos, Corazón, Pudahuel y FM Hit) . Lo anterior significa que GLR Chile Ltda., participará con un 44,7% del total de la audiencia de Santiago y, en promedio, con el 38,9% de la audiencia de las regiones, no obstante lo cual el Tribunal consideró que por el momento no había motivos suficientes para impedir la operación. Fundamentó su decisión en que una forma de proteger a los ciudadanos de que consuman indiscriminadamente información defectuosa producida por un medio de comunicación, es procurando maximizar la probabilidad de que puedan contrastarla con la que producen otros informantes y que lo que interesa es que el contenido social, cultural y político transmitido por un medio de comunicación masivo pueda ser verificable, comparable o contrastable con otros medios de comunicación ( considerandos 5° y 6°). También tuvo en cuenta para los efectos de resolver, las características especiales de este mercado, como son su dinamismo, la movilidad de los auditores y la potencial disminución de las barreras a la entrada.
Consideraron que la peor amenaza a la democracia está en la intervención del Estado desde los medios de comunicación. En efecto, señalaron que la participación del Estado como propietario de medios, se asocia con una menor libertad de prensa, menores derechos políticos y libertades civiles, deficiente protección de la propiedad, peor calidad de las regulaciones y mayores niveles de corrupción, resultados que les parecían aún peores si el Estado es dueño de medios de prensa escrita y de televisión a la vez. Citaron al efecto diversas opiniones de autoridades que sostienen que el diario La Nación no está influenciado por el Gobierno, puesto que tiene un consejo editorial independiente ( Ministro señor Ricardo Lagos Weber); o la que niega que ese diario sea un medio de comunicación del Estado porque no tiene el mismo estatuto de Televisión Nacional, pero agregaron que el señor Aleuy (Francisco Aleuy, Presidente del Directorio de La Nación) tenía que defender al gobierno porque se trata de un periódico que ha expresado el punto de vista oficial y que eso es lo que corresponde porque es el mandato que se dio al directorio (Senador Jaime Gazmuri); o que se ha argumentado en torno a La Nación. Varias intervenciones han sido bien elocuentes al respecto. Es obvio: es un diario de gobierno (Senador Carlos Ominami); o la que señala que tocante a La Nación, el es diario de
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gobierno y es su obligación realizar las cosas que hizo y que está cumpliendo (Senador Mariano Ruiz-Esquide).
Mediante un gráfico, señalaron que el diario La Nación no estaría contribuyendo significativamente a la difusión de información ni al pluralismo, dado que su nivel de lectoría bordearía apenas el 1% del total de lectores de diarios del país, por lo que concluyeron que respecto de este diario, no habría argumentos suficientes para la continuidad de la propiedad estatal, toda vez que se trataría de un medio que operaría en una industria sólida y competitiva.
Por todo lo anterior, concluyeron que la concentración de los medios es un fenómeno generalizado en el mundo y con justificaciones razonables desde el punto de vista económico y tecnológico y que la preocupación por su realidad exigiría atención sobre otros aspectos normalmente ignorados, en especial, la situación del diario La Nación.
12.- Don Ricardo Lagos Weber, Ministro Secretario General de Gobierno.
1.- Iniciativas existentes en la materia:
En este primer capítulo de su intervención, señaló que desde el año 1990 hasta ahora se ha desarrollado un sin número de modificaciones legales tendientes a ensanchar los espacios de libertad en nuestro país, y de manera especifica en las materias de libertad de expresión, opinión e información; en que podrían destacarse las siguientes iniciativas que ya son parte de nuestro cuerpo normativo:
Ley 19.733, conocida comúnmente como Ley de Prensa, la que regula el funcionamiento de los medios de comunicación y el ejercicio del periodismo, como así también regula el derecho de aclaración y respuesta, tipifica los delitos de injurias y calumnias, como las publicaciones que atenten contra la dignidad de los pueblos originarios y entrega herramientas para el fomento de los medios regionales y crea mecanismos para evitar la concentración monopólica de los medios. Asimismo, derogó aquellas figuras restrictivas de la libertad de expresión en la Ley de Seguridad del Estado.
Ley 20.048, que elimino el desacato del Código Penal
Reforma Constitucional que eliminó la censura cinematográfica previa.
Ley que crea el Concejo de Calificación Cinematográfica
Modificación constitucional que otorga rango constitucional a la protección y promoción de la creación artística e intelectual.
Reforma que establece como principio constitucional el libre acceso a la información y actos de la administración pública.
Ley sobre administración y acceso a las bases de datos
Modificación del Código de Justicia Militar, que elimino la figura de la sedición impropia.
Reforma al Código Penal que incorporó el delito de intromisión ilegitima, y sanciona la difusión de noticias obtenidas por estos medios. (actual artículo . 161-A del Código Penal.).
El balance general era positivo, Chile contaba con un conjunto de normas que regulaban esta actividad, que se encuentra entre las más avanzadas de Latinoamérica. Como así también la aplicación y concreción del principio de la libertad de expresión, contando con un espacio de respeto y pluralismo para todas las ideas, y amplios espacios para el ejercicio del
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periodismo y la libertad editorial de los medios. No existe la censura previa, los medios pueden desarrollar su trabajo de informar y fiscalizar libremente. No existe monopolio estatal de la información ni de los insumos para la publicación y libre circulación de esta. No obstante, debería avanzarse más
2.-Principales deficiencias y formas de enfrentarlas:
Al respecto señaló lo siguiente:
1.-Se debe resolver adecuada y equilibradamente el respeto del derecho a la intimidad y privacidad, con el derecho a la información.
2.-Se debe normar el derecho a la propia imagen y su uso y difusión de ésta por los medios de comunicación.
3.-Se deben establecer acciones civiles, más que penales, para las personas que sientan que sus derechos a la honra, honor, privacidad e imagen han sido vulnerados por la difusión a través de los Medios de Comunicación Social.
4.-Se debe mejorar el mecanismo de aclaración, rectificación y respuesta.
En esta materia el Ejecutivo, con consultas a los actores interesados en el tema, ha resuelto enviar antes de fin de año, un proyecto de ley que resuelva los temas mas urgentes de los mencionados anteriormente, es decir, la delimitación del ámbito de la vida privada y la pública, la intromisión ilegitima, la modificación del Art. 161- A, del Código Penal, el derecho a la imagen, la protección civil frente a los atentados contra el honor, la honra y la intimidad, además de buscar mecanismos que hagan realidad la posibilidad de responder adecuadamente a través del ejercicio del derecho de aclaración.
5.-Se debe mejorar el acceso a la información pública y el conocimiento de los actos administrativos.
6.-Se debe regular el acceso preferente de los periodistas a las fuentes públicas.
7.-Se debe regular, de manera eficaz, el acceso a la información de aquellas empresas privadas que desarrollan actividades de interés público.
Todas estas materias están siendo discutidas en un proyecto de ley que se encuentra en su último trámite en el Congreso, que pretende normar el principio constitucional del libre acceso a la información pública.
8.-Se debe mejorar la calidad y seguridad laboral de los periodistas.
9.-Se debe perfeccionar el secreto de las fuentes y la cláusula de conciencia periodística.
10.-Se debe mejorar la calidad periodística de la información.
11.-Se debe asegurar un perfeccionamiento permanente de los periodistas, como así también el acceso a nuevas tecnologías de la información.
Estas materias serán abordadas en el proyecto de ley que se encuentra en su primer trámite en esta Cámara sobre el ejercicio del periodismo, mas conocido como el Estatuto del Periodista, el cual cuenta con el patrocinio del Ejecutivo.
12.-Se debe normar y fomentar adecuadamente la existencia de nuevos medios de comunicación de carácter local.
En esta materia el Ejecutivo enviará en el transcurso del mes de octubre, el proyecto de ley sobre Radios Comunitarias, el cual pretende
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resolver los problemas de invasión de espacio entre radios, su mantención como medios de la comunidad y asegurarles un mejor funcionamiento técnico. Es un proyecto que ha sido trabajado en conjunto por el Ministerio Secretaría General de Gobierno, la Subsecretaria de Telecomunicaciones y la Asociación de Radiodifusores de Chile (ARCH)I.
Añadió que creían que dar respuesta a estos doce desafíos resultaba esencial para mejorar los estándares de la libertad de opinión, expresión y opinión en Chile. A éstos, habría que agregar necesariamente el debate y medidas sobre aspectos relevantes para los medios de comunicación, como son:
- 13.- La llegada de la televisión y radio digital a nuestro país.
- Una creciente preocupación por la concentración en pocas manos de los medios, lo que traería consecuencias negativas en el pluralismo informativo.
- El fomento a los medios de comunicación regionales, para mantener identidades culturales, locales y cercanía con la población.
- Creciente preocupación por lo que debe ser una televisión pública.
Más adelante, respondiendo algunas consultas que se le formularon, expresó que efectivamente durante el Gobierno Militar existieron numerosos medios que cumplieron una función que colaboró en el retorno a la democracia. Recuperada la democracia la situación no fue la misma y tal vez el financiamiento adicional que pudiere haber existido cesó producto de la recuperación de la democracia.
Sostuvo que el tema de la libertad de prensa no está relacionado con la concentración de la propiedad de los medios de comunicación ni con el número de medios. En Chile hoy existe libertad de prensa, la pregunta sería si esto es equivalente a pluralismo en todas sus facetas y eso sería lo que está en discusión hoy en Chile y si bien hay mayor pluralismo en abordar temas que antes estaban vedados producto de un cambio cultural, sin embargo, falta mucho para que sea pleno.
Agregó que la concentración se ha ido agudizando en el último tiempo. A principios de los años 90 había más medios regionales “independientes” de los que se tienen hoy, pero a pesar de eso se había ido avanzando en modificaciones institucionales para afianzar la libertad de informar, al margen de si eso será canalizado por dos medios o cincuenta medios escritos; tres canales de televisión o veinte canales de televisión; mil radios o cuatro radios. Una cosa no se opondría a la otra y en el país habría libertad de prensa.
Ante una nueva consulta dijo que el Ejecutivo había hecho un esfuerzo para enviar un proyecto de ley sobre radios comunitarias que se había trabajado durante muchos años. En dicho proyecto, se pretendería subir a estas radios la potencia de 1 watt a 25 watt y se les permitiría un limitado financiamiento para que puedan subsistir. Todo esto se habría conversado con ARCHI y con la organización que agrupa a las radios comunitarias.
Por último, ante una nueva consulta, opinó que la limitación del espectro radioeléctrico sería algo real, pero que con la introducción de la radio digital éste se ampliaría.
13.- Don Mario Davies González, Presidente de la Asociación Nacional de Avisadores (ANANDA).
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Señaló que la entidad que presidía tenía por objeto la defensa permanente de la libertad de expresión, con especial énfasis en la libertad de expresión comercial. Agregó que entre sus objetivos se encontraría la libre existencia y desarrollo de medios de comunicación como también la transparencia y la profesionalización de la actividad. Señaló que eran partidarios de la autorregulación de su actividad y de la ética publicitaria.
Refiriéndose al interés de los avisadores en los medios de comunicación, señaló que los que les atraían eran los que tenían más “rating”, ya que ello les representaba la forma principal de comunicarse con el público. La comunicación comercial y publicitaria no tendría la mejor imagen pero era algo necesario y en ella se invertirían grandes cantidades de dinero, circunstancia que llevaba a los avisadores a considerar a los medios como un elemento costoso o caro.
En lo que se refiere a la relación de los avisadores con los medios, sostuvo que ella se realizaba por medio de las gerencias comerciales y nunca con la parte editorial, por lo que no tendrían influencia alguna en la programación o la línea del medio que, por lo demás, no era algo que les interesaría hacer ni creía tampoco que fueran capaces de hacerlo, porque desconocían el tema y no entendían sobre él.
Señaló que los avisadores compraban espacios en blanco, ya sea de tiempo o de centímetros por columna, según se tratara de un medio audiovisual o escrito, y los llenaban con su propio mensaje puesto que ellos mismos elaboraban el contenido. Ante una consulta, respondió que no se podía decir que ellos financiaran a los medios, porque los financistas propiamente dichos son personas que proporcionan dinero con miras a recibirlo de vuelta engrosado con los intereses y, en este caso, en cambio, los avisadores compraban espacios que los medios de comunicación ofrecían.
En lo que se refiere a la calidad del contenido de los medios de comunicación, señaló que era una cuestión que escapaba de la responsabilidad de los avisadores ni tampoco debía serlo. Se declaró contrario a posibles mecenazgos porque podría entenderse como una intención velada de influir en la línea de los medios. En todo caso, el dinero no garantizaba la calidad de los contenidos puesto que la experiencia demostraba que se habían hecho cosas muy buenas en los medios sin grandes inversiones.
Consideró que respecto del Estado el avisaje no sólo era un derecho que le asistía sino también una necesidad, debiendo hacerse una distinción entre el avisaje propiamente tal y el diálogo permanente que debe mantener con la ciudadanía para dar a conocer sus actividades. Respecto del avisaje, creía que tratándose de la inversión de recursos públicos, debería optimizárselo, ciñéndose a las reglas técnicas que rigen la materia. En todo caso, no les faltaba tribuna en los medios de comunicación a las autoridades estatales.
Creía indispensable la pluralidad de los medios de comunicación, pero pensaba que debía reflexionarse desde el punto de vista técnico acerca de la envergadura y extensión del país, el número de sus habitantes y, en base a ello, la cantidad de medios de comunicación efectivamente sustentables. Añadió no querer dar a conocer su opinión sobre el problema de la concentración de la propiedad de los medios de comunicación, para que no se le acusara de querer ejercer influencias, no obstante lo cual valoraba el trabajo del Tribunal de Defensa de la Libre
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Competencia, aunque, personalmente, echaba de menos mayor preocupación por el tema de la reciprocidad.
Por último, pensaba que debía considerarse también el factor humano, atendiendo a la manera de ser de las personas, las que dedicaban bastante tiempo a los medios y evidenciaban una mayor conciencia acerca de lo que veían.
14.- Doña Ximena Rojas Prosser y doña María Isabel Bozzo Espejo, abogadas especialistas en mercados regulados de la Fundación Mujeres de Palabra.
La señora Rojas inició su intervención tratando de la convergencia, la que definió como el hecho de que los servicios de comunicación tradicionales y nuevos, con independencia de que utilicen imágenes, sonidos, datos o voz, pueden ofrecerse actualmente a través de muchas redes diferentes. Este fenómeno traería grandes cambios en los sectores de las telecomunicaciones, medios de comunicación e informática y su llave maestra estaría constituida por la codificación digital de la fuente, es decir, la conversión de la información en ceros y unos, susceptibles de ser tratados por las computadoras a través de algoritmos generalmente aceptados.
Particularmente los medios de comunicación, donde el sector audiovisual constituiría una subcategoría, se verían enfrentados a la reflexión permanente sobre los objetivos de interés público que deben encontrarse inmersos. Dichos objetivos se verían afectados por la convergencia en cuanto modifica los mercados de producción y postproducción de contenidos, de edición y, ciertamente, los de difusión de contenidos, en que internet constituye un ejemplo paradigmático.
Refiriéndose, en seguida, al mercado de la difusión de contenidos en el país, señaló que sus actores principales serían la radiodifusión sonora y la televisiva, sin desconocer el impacto que tienen otras redes como la telefonía móvil e internet.
La radiodifusión televisiva en el marco normativo nacional, sería un servicio de telecomunicaciones que se serviría del espectro radioeléctrico para transmitir la información al terminal receptor y de libre recepción, por cuanto correspondería a uno de aquellos servicios de telecomunicaciones cuyas emisiones están destinadas a ser recibidas libre y directamente por el público en general que disponga de un receptor y, por ser sus emisiones de televisión, se la llama también televisiva. Habrían dos tipos de televisión: la abierta que corresponde a la radiodifusión televisiva, y la de pagos, que corresponde a los servicios limitados de televisión por cable y satelital.
Explicó que el modelo regulatorio chileno para la televisión reviste una doble institucionalidad, por cuanto se vincula al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en cuanto a la asignación del espectro radioeléctrico, y al Consejo Nacional de Televisión, en cuanto al otorgamiento de las autorizaciones correspondientes y al control de los contenidos que a través de ella se transmiten. El negocio de la televisión abierta estaría basado en la venta de publicidad, compitiendo los distintos canales por repartirse la llamada torta publicitaria; el de la televisión de pago, en cambio, se basaría en el cobro de un canon por el suministro de servicios de entretenimiento.
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La radiodifusión sonora, a su vez, dentro del mismo marco normativo, sería un servicio de telecomunicaciones que se serviría del espectro radioeléctrico para transmitir la información al terminal receptor y de libre recepción, por cuanto correspondería a uno de aquellos servicios de telecomunicaciones cuyas emisiones están destinadas a ser recibidas libre y directamente por el público en general que disponga de un receptor y, por ser sus emisiones sonoras. Nuestra normativa contemplaría la radiodifusión sonora en frecuencia modulada, en amplitud modulada, en onda corta y en de mínima cobertura. La radiodifusión sonora comercial sería un servicio cuyo negocio funcionaría sobre la base de la venta de publicidad.
Al respecto, expuso que tanto los servicios de radiodifusión sonora como televisiva requieren para su instalación, operación y explotación, de espectro radioeléctrico, circunstancia que hace necesario, por una parte, que los mecanismos de asignación permitan un uso efectivo y eficiente del espectro, y, por la otra, que existan mecanismos regulatorios que permitan resguardar, precisamente, el uso eficiente del espectro.
En lo que se refiere a la regulación aplicable en el país al sector audiovisual y a su impacto en los objetivos de interés público de los medios, señaló que presentaba una gran dispersión normativa, pudiendo señalarse la ley N° 18.168, Ley General de Telecomunicaciones; la ley N° 18.838, que crea el Consejo Nacional de Televisión; la ley N° 19.733, sobre las libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo; la ley N° 17.336, sobre propiedad intelectual y la Ley sobre Propiedad Industrial, sin olvidar tampoco la ley N° 19.132, que crea la empresa Television Nacional de Chile.
Señaló que el sector audiovisual presentaba una regulación asimétrica en los distintos tipos de servicios, en que lo comunitario se ha dado con un alto grado de ineficiencia y falta de eficacia: así, la ley N° 18.168 regula la instalación, operación y explotación de los servicios de telecomunicaciones, pero en el caso de la televisión abierta solamente le compete la definición de políticas en materia de espectro radioeléctrico; la ley N° 18.838 regula la instalación, operación y explotación de los servicios de televisión y su artículo 1°, en su inciso segundo, señala que la labor del Consejo será velar por el correcto funcionamiento de los servicios de televisión, teniendo, para tal fin, su supervigilancia y fiscalización en cuanto al contenido de las emisiones que se efectúen, conforme a las normas que la misma ley señala, agregando, en su inciso tercero, que por el correcto funcionamiento de estos servicios se entiende el permanente respeto, a través de su programación, de los valores morales y culturales propios de la Nación, de la dignidad de las personas, de la protección de la familia, del pluralismo, de la democracia, de la paz, de la protección del medio ambiente y de la formación espiritual e intelectual de la niñez y de la juventud dentro de dicho marco valórico. Del análisis de estas competencias, surge que esta regulación no se hace cargo de los objetivos de interés público ni tampoco de la regulación del servicio público audiovisual.
Agregó que en cuanto a la llamada nueva Ley de Prensa, tampoco notaba que contribuyera a la definición de objetivos de interés público, por cuanto el entregar una definición de pluralismo, el establecimiento de limitaciones en la participación del capital extranjero en la radiodifusión sonora o la necesidad de autorización del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia para las transferencias, no pueden dar lugar al diseño de una política pública clara y coherente respecto del sector audiovisual. No habría en la normativa nacional respuestas claras y unívocas sobre cuestiones tales como servicio de interés general, regulación de los
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medios de difusión y de los contenidos, obligaciones de los operadores y financiamiento del servicio público, entre otras. Tal indefinición y confusión daría lugar a un alto nivel de disfuncionalidad y distorsiones que adquirirían especial relieve en la discusión sobre la introducción de la digitalización, particularmente, la televisión digital.
Señaló, más adelante, que tres serían las dimensiones sobre las que tiene lugar la evolución del sector audiovisual: la dimensión social, relacionada con la protección de derechos básicos y la garantía efectiva sobre estos derechos (pluralismo cultural, información veraz, neutral…) y donde es necesaria la definición de los objetivos de servicio público; la dimensión de mercado, dirigida hacia un mayor y más transparente nivel de competencia, donde se plantee la financiación del servicio público, así como la diferenciación entre éste y los servicios de interés general prestados en un marco competencial abierto, y la dimensión tecnológica y de negocio, dirigida hacia los nuevos modelos de negocios que ya no serán únicamente la publicidad y el pago por contenidos y que conducirá a la televisión digital interactiva.
En lo que se refiere a la concentración de la propiedad y su impacto en los objetivos de interés público, señaló que por operación de concentración o concentración, se entendían las fusiones, las adquisiciones de acciones o de activos, las asociaciones y, en general, los actos y convenciones que tienen por objeto o efecto que dos o más empresas económicamente independientes entre sí, pasen a conformar una sola empresa o a formar parte de un mismo grupo empresarial. La concentración puede ser horizontal cuando las empresas involucradas son competidoras en el mercado relevante; vertical cuando las empresas involucradas son proveedoras y clientes entre sí en el mercado relevante, y conglomerado cuando las empresas involucradas, sin ser competidoras ni proveedoras entre sí, pueden generar efectos para la competencia, por ejemplo, por extensión de producto o de área geográfica. Por mercado relevante, a su vez, se entiende el producto o grupo de productos respecto de los cuales no se encuentran sustitutos suficientemente próximos.
Agregó que el mercado de difusión de contenidos, presentaba dos productos fundamentales: la publicidad, para el caso de la televisión abierta y la radiodifusión sonora comercial, y los servicios de entretenimiento de pago, en el caso de la televisión por cable y satelital. En el mercado de difusión de contenidos por radio y televisión abierta, lo característico es que las empresas compitan por la difusión de contenidos, el llamado “rating”, y esta competencia determina, a su vez, la competencia en venta de publicidad. Se trataría, entonces, de demandas inelásticas que no son sensibles al precio sino que están determinadas por el mayor o menor éxito del canal o la radioemisora en la audiencia o “rating”. Al efecto, se ha sostenido que la concentración de un mercado estaría determinado en función del número de las empresas que a él concurren y de sus respectivas participaciones.
Añadió que, adicionalmente, en materia de radiodifusión sonora y televisiva, existen barreras legales y naturales de entrada, además de la presencia de importantes costos hundidos. Entre las primeras se encuentran las autorizaciones necesarias para el suministro del servicio, entre las segundas, las limitaciones que impone el espectro radioeléctrico, recurso natural escaso, y los costos hundidos que son principalmente los ocasionados por la infraestructura de transmisión.
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Concluyó, entonces, que para analizar la competencia en el sector audiovisual, deberá considerarse el grado de concentración, determinado de acuerdo al índice HHI, empleado por la Fiscalía Nacional Económica y aunque éste sea menor a 1000, indicador que señala la existencia de un mercado no concentrado, siempre deberían establecerse limitaciones a la concentración cuando debido a la concentración de espectro radioeléctrico, exista baja o ineficiente disponibilidad para nuevos entrantes; existan dificultades administrativas para la obtención de nuevas autorizaciones; existan costos hundidos en el suministro del servicio; haya dificultades en el despliegue de nueva infraestructura o exista algún grado de control de la producción y postproducción de contenidos y de la edición de contenidos.
Trató, en seguida, del impacto de la radiodifusión sonora y televisiva digital.
En el caso de la televisión digital terrestre, destacó como consideraciones generales los siguientes aspectos: mayor eficiencia espectral que permite 4 a 5 canales con definición estándar en el mismo ancho de banda actual o un canal de alta definición.; mejor recepción por cuanto se eliminan imágenes fantasmas y nieve, y permite prestaciones adicionales uni o bidireccionales (concursos, comercio electrónico).
En el caso de la radio digital señaló que ella era producto de la llamada convergencia digital, es decir, surge a partir de la digitalización de los medios de transmisión y de los medios de producción. Al respecto, señala que a partir de sistemas de adquisición y producción digital, la evolución tecnológica habría conducido hasta las completas infraestructuras existentes actualmente. Así, un usuario de servicios digitales puede almacenar programas en el disco duro de su receptor o en su reproductor digital de música, para reproducirlos posteriormente. Puede recibir también, información básica sobre el título y el intérprete de una canción y permitir su compra en línea, al igual que es posible personalizar el tipo de datos que se pueden visualizar en la pantalla del receptor (clima, datos bursátiles…).
Luego de reseñar las características de estándares de radio y televisión digital, señaló que la definición del estándar técnico es una cuestión compleja porque eran muchos los que existían, tanto para la televisión como para la radio digital, circunstancia que afecta la interoperatividad y la posibilidad de generar importantes economías de escala en equipamiento y receptores.
Explicó que la introducción de la radio y la televisión digital, puede significar múltiples beneficios, entre los que señaló la introducción de tecnología en el mercado particular, la mejora en la calidad del audio y de la imagen, la mejora de la eficiencia en el uso del espectro radioeléctrico intra e interbanda, la resolución de problemas locales, como por ejemplo, los que enfrentan las radios comunitarias o la falta de regionalización de la televisión, y la interactividad.
Concluyó, señalando que aun cuando era pertinente la discusión de todos los objetivos de interés público, no podía ni debía ello mezclarse con la definición técnica del estándar para radio o televisión digital. No obstante, era aconsejable que estas cuestiones estuvieran decididas al momento de la definición técnica del estándar.
Efectuó, en seguida, una serie de recomendaciones en las que señaló que en materia de servicios audiovisuales, resultaba de gran relevancia tener presente la necesidad de distinguir la transmisión o difusión de señales a un punto o multipunto, de la producción de contenidos que
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transitan por dichas redes. Todos los temas de interés público, como la debida protección de las garantías constitucionales, el resguardo de la pluralidad, el respeto de las minorías, el desarrollo de la identidad cultural y de la identidad regional, etc., se encontrarían en la discusión técnico - económica de la regulación de los contenidos.
Agregó que otra cuestión que debería resolverse en esta materia, particularmente en el segmento de la televisión abierta, sería determinar qué modelo de televisión pública se espera para el país y cual sería su forma de financiamiento, la que deberá considerar el soporte de las actividades de servicio público, las que quedan fuera de las reglas del mercado.
Al respecto, deberían considerarse opciones tales como el financiamiento directo del Estado; el financiamiento a través de un sistema financiado por medio de impuestos específicos a sector para constituir un fondo de financiamiento de los operadores de servicio público o un sistema mixto.
Por último, sostuvo que creía que entre las consideraciones que debía tener el Estado en la definición de las políticas públicas para el sector audiovisual, deberían encontrarse, al menos, las siguientes:
- definir los objetivos de interés público.
- definir el servicio público audiovisual y su contenido y la forma del financiamiento. A este respecto, estimó necesario se garantizara una oferta de contenidos que respondiera a la necesidad de los ciudadanos de tener derechos a ciertos contenidos que cumplan con los requisitos de diversidad, pluralidad, neutralidad, respeto de las minorías, etc., entendido como la manifestación del derecho a recibir información. Si éstos no están cubiertos por la oferta normal presente en el mercado, lo primero debiera ser definir cuáles son dichos contenidos, sus criterios de calidad y sus exigencias mínimas de difusión.
- impulsar la modernización tecnológica, definiendo las políticas al respecto.
- definir el estándar técnico de transmisión.
- definir el modelo de transición de la radiodifusión sonora y televisiva analógica a la digital.
- promover y tutelar el acceso universal, previendo el acceso libre y gratuito a las señales de libre recepción.
- controlar y administrar el espectro radioeléctrico, para lo que se deberá implementar políticas de uso efectivo y eficiente del espectro.
- resolver los problemas de las radios comunitarias.
- permitir el aprovechamiento del país de las economías de escala que deriven de la mayor cantidad de países que elijan u opten por un estándar determinado.
LEGISLACIÓN COMPARADA.
El Departamento de Servicios Legislativos de la Biblioteca del Congreso, hizo llegar a la Comisión un trabajo sobre legislación comparada preparado por la abogada de la Unidad de Apoyo Legal de ese Departamento, señorita Christine Weidenslaufer von Kretschmann. En dicho trabajo se efectúa una reseña de la legislación relativa a la concentración de los medios de comunicación en los Estados Unidos de América, Alemania y Holanda.
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1.- Estados Unidos de América.
En este país la concentración de los medios se encuentra regulada en forma directa, tanto por la legislación federal como estatal.
La Ley de Comunicaciones, de 1934, creó la Comisión Federal de Comunicaciones, agencia gubernamental independiente encargada de regular las comunicaciones interestatales e internacionales por radio, televisión, cable y satélite.
A su vez, la Ley de Telecomunicaciones, de 1996, en su sección 202, establece reglas diferenciadas para cada medio de comunicación, entre las que cabe distinguir:
a) En lo que se refiere a la propiedad de las estaciones de radio nacionales, impone a la Comisión Federal de Comunicaciones la obligación de modificar las normas del Código Federal de Regulaciones para eliminar toda disposición que limite el número de estaciones de amplitud modulada (AM) o frecuencia modulada (FM) que pertenezcan o sean controladas por una entidad nacional.
b) Asimismo, en lo relativo a la diversidad radial local, obliga a la citada Comisión a revisar la normativa del Código de tal manera que:
1.- si existe un mercado con 45 o más estaciones de radios comerciales, una persona no puede ser dueña, operar o controlar más de 8, de las cuales 5 no pueden estar en la misma frecuencia. ( AM o FM)
2.- si en el mercado hay entre 30 y 44 estaciones, una persona no puede ser dueña, operar o controlar más de siete, de la cuales 4 no pueden estar en la misma frecuencia.
3.- si en el mercado hay entre 15 y 29 estaciones, una persona no podrá ser dueña u operar más de 6, de las cuales 4 no pueden estar en la misma frecuencia.
4.- si en el mercado hay 14 o menos estaciones de radio comerciales, una persona no podrá ser dueña u operar más de 5 de ellas, de las cueles 3 no pueden estar en la misma frecuencia. No obstante lo anterior, en este caso, una persona no puede ser dueña, controlar u operar más del 50% de las estaciones de dicho mercado.
No obstante las limitaciones señaladas, la Comisión puede autorizar que una persona adquiera, opere o controle o tenga un reconocido interés en estaciones de radio más allá de los límites, siempre que estime que las acciones de dicha persona o entidad, redundarán en un aumento de las estaciones existentes.
c) En lo referente a la limitación de la propiedad de estaciones de televisión, la ley obliga a la Comisión Federal de Comunicaciones a modificar la normativa del Código Federal de Regulaciones sobre propiedad en materia televisiva, de manera que
1.- se eliminen las restricciones al número de estaciones de televisión que una persona o entidad puede poseer o tener, directa o indirectamente, a nivel nacional.
2.- se incrementen los límites en los niveles de audiencia para las estaciones de televisión a un 35%.
d) respecto a la propiedad local, la ley obliga a la Comisión determinar y regular la mantención, modificación o eliminación de las limitaciones respecto del número de estaciones de televisión que una persona puede tener o poseer en un mismo mercado televisivo.
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e) la misma ley obliga a la Comisión a revisar las normas del Código de tal manera que se permita a una persona o entidad ser dueña o controlar una red de radiodifusión así como un sistema de cable.
Más adelante, el estudio realizado por la Biblioteca da cuenta de un conflicto de poderes entre la Comisión Federal de Comunicaciones, el Congreso de los Estados Unidos y la Corte de Apelaciones del Tercer Circuito que, en resumen, significan que mientras la Corte de Apelaciones no apruebe las nuevas disposiciones que dicte la Comisión, rigen en el país las reglas sobre concentración señaladas en la Ley de Telecomunicaciones, de 1996. En consecuencia,
- no puede haber copropiedad de una estación de televisión y de un periódico de distribución diaria, cuando el área de transmisión de la estación abarque la misma ciudad de publicación del periódico.
- se permite la propiedad cruzada de radio y televisión, siempre que el número de estaciones sobre las cuales hay copropiedad aumente en la medida en que también lo hace el tamaño del mercado.
- una empresa puede ser dueña de dos estaciones de televisión en la misma área designada de mercado si sus límites no se superponen, o si solamente una de ellas se encuentra entre las cuatro primeras del mercado y existen, por lo menos, 8 estaciones independientes en ese mercado.
- en lo que se refiere a la propiedad de las radios, se aplican las normas ya señaladas de la Ley de Telecomunicaciones, de 1996, es decir, el número de radios en un mercado local de que una persona puede ser dueña, varía de acuerdo al número total de estaciones existentes en ese mercado.
2.- Alemania.
El artículo 5° de la Constitución Alemana, de 1949, regula expresamente el derecho a la libertad de expresión, incluida en éste la libre difusión de la información. De acuerdo a sus disposiciones, el poder para regular los medios de comunicación electrónicos corresponde exclusivamente a los Estados, cuyas legislaciones deben asegurar que la televisión y la radio sirvan el propósito de promover la libre formación de la opinión pública e individual, bajo el estándar de “diversidad balanceada” en todos los programas que se transmitan. Asimismo, corresponde a los Estados proveer los mecanismos necesarios para prevenir la concentración de los medios y el surgimiento de poderes que dominen las comunicaciones.
El desarrollo actual del sistema de radiodifusión ha estado a cargo de la Corte Constitucional Federal, la que ha elaborado una extensa jurisprudencia sobre el citado artículo 5°, por medio de las llamadas “sentencia de radiodifusión”, las que delinean los principios constitucionales sobre la materia y el contenido regulador mismo de sentencias judiciales posteriores. Entre los principios básicos desarrollados en estas sentencias, se encuentra el de la libre transmisión por los medios de comunicación, sin interferencias de las agencias de gobierno, especialmente en cuanto a los contenidos de los programas de radio y de televisión. Asimismo, han consagrado el principio de que las normas que regulen la libertad de los medios, deben asegurar la diversidad de opiniones, en virtud de la función que corresponde a aquéllos en una sociedad democrática y pluralista.
En 1997 se crea la Comisión para la Determinación de la Concentración de los Medios de Comunicación, como resultado de la enmienda introducida al Acuerdo sobre Difusión entre los Estados Federados de Alemania Unificada. Se trata de un organismo independiente que vela por
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el cumplimiento de la normativa legal relativa al pluralismo de opiniones en la televisión nacional privada. Corresponde a esta Comisión, entre otras funciones, decidir y promover estándares uniformes en materia de concentración de medios a nivel nacional. Debe examinar las solicitudes para la obtención de licencias para la difusión de programas transmitidos en el país o relativas a la modificación en la propiedad de entidades radiodifusoras, y decidir si la empresa de que se trate, puede o no ejercer un impacto predominante en la opinión pública, como consecuencia de dichos programas o modificaciones.
Por su parte, el Acuerdo sobre Difusión entre los Estados Federados de Alemania Unificada, pactado por todos los gobiernos estatales y ratificado por los respectivos parlamentos, constituye el marco legal para uniformar la regulación estatal de la radiodifusión. Así, entonces, su artículo 29 establece que cualquier propuesta de cambio en la estructura de propiedad de un medio, debe ser informada con anticipación a la autoridad supervisora.
Su artículo 26 establece reglas que consagran la pluralidad de opinión en la televisión, disponiendo que una compañía podrá transmitir en la República Federal un número ilimitado de programas de televisión, a menos que ello le permita ejercer influencias controladoras, entendiéndose que ejerce tal influencia si sus programas alcanzan un “rating” promedio anual equivalente al 30% del total.
En el caso de alcanzar el “rating” señalado y entenderse que puede ejercer una influencia controladora, no se le podrá otorgar una licencia para programas adicionales.
En el mismo caso anterior, es decir, una compañía ha adquirido una influencia controladora a raíz de su programación, la autoridad supervisora deberá, por medio de la Comisión para la Determinación de la Concentración de los Medios, proponer a dicha compañía una serie de medidas, entre las que figura la proposición que renuncie a su participación en las estaciones transmisoras hasta que los “rating” de audiencia se encuentren bajo el 30%.
3.- Holanda.
El artículo 7° de la Constitución Holandesa consagra la libertad de expresión. En función de esta última se distinguen cuatro tipos de medios: prensa escrita; radio y televisión; otros, y publicidad. La primera categoría es la que tiene garantizada la mayor libertad, no así la última que no cuenta con protección alguna, existiendo disposiciones legales que limitan o prohíben determinada publicidad, como el alcohol o el tabaco.
La política sobre medios de comunicación en este país, recae principalmente sobre la radio y la televisión, enfocándose, respecto de los medios escritos, a prevenir los obstáculos que pueden surgir en contra del libre mercado, como consecuencia de las concentraciones de medios.
La Ley de Medios de Comunicación, de 1987, regula la radio y la televisión, definiendo a los medios de comunicación como “toda forma de comunicación masiva, sea impresa o electrónica”, pero sin que exista una supervisión o censura estatal anticipada respecto de los contenidos de los programas que se emiten.
La Comisión de Medios, creada en 1988, supervisa la implementación de la legislación sobre medios en relación a la televisión pública y comercial y a los operadores de cable, asigna períodos de
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transmisión a los medios nacionales, regionales y locales y otorga licencias a las estaciones comerciales. Esta Comisión, con el fin de controlar la concentración de los medios, publica un reporte anual, con especial atención en las consecuencias de la concentración en relación a la pluralidad, independencia y calidad de los contenidos de las noticias y la información, correspondiendo a la Autoridad de Telecomunicaciones y a la Autoridad de Competencia de Holanda tomar las acciones que correspondan de acuerdo a la información contenida en el reporte, el que también debe ser presentado al parlamento holandés.
La Autoridad de Competencia de Holanda, establecida en 1988 en conjunto con la entrada en vigencia de la Ley de Competencia, investiga y sanciona los carteles y el mal uso del poder económico en todos los sectores, no solamente en los medios, controlando las fusiones y adquisiciones de empresas. Crea un sistema muy similar al que propone el Tratado de la Comunidad Europea e incluye un mecanismo de control preventivo de las concentraciones.
Se encuentra dividida en una serie de departamentos, divisiones y oficinas, entre los que figura el departamento de Control de Fusiones al que corresponde determinar si una fusión requiere o no licencia. La necesidad de la licencia surge del efecto que tendrá la fusión en el mercado holandés y, así, si la fusión o concentración pareciera reforzar una posición dominante, se requerirá licencia, correspondiendo al Departamento considerar si la otorga y bajo qué condiciones.
Corresponde a la misma Autoridad de Competencia aplicar la Ley Interina sobre Concentraciones de Medios, pudiendo imponer multas de hasta aproximadamente dieciséis millones de pesos.
Finalmente, existe el Fondo de Prensa, el que es una agencia gubernamental que tiene por objeto, por encargo de la Ley de Medios, supervisar y mantener la pluralidad de la prensa escrita.
CONSIDERACIONES DE CARÁCTER GENERAL.
1.- La Comisión consideró que se ha llegado en esta materia a una verdadera sacralización del mercado, sin dar mayor importancia al hecho de que ello se traduzca en la desaparición de numerosos medios o en su absorción por cadenas, dañando objetivamente las posibilidades de la ciudadanía de ejercer su derecho de acceso a la información, lo que se agrava en regiones.
Lo anterior ha traído como consecuencia la concentración de la propiedad de los medios, especialmente los escritos y los radiofónicos y su centralización en la Región Metropolitana ante la paulatina desaparición de los medios de regiones.
Lo dicho permite concluir que en el caso de las comunicaciones, el mercado no operaría con eficiencia, lo que impondría una responsabilidad ineludible al Estado.
2.- Asimismo, de acuerdo a los antecedentes recibidos por la Comisión, existe la tendencia a confundir la libertad de expresión con la libertad de empresa, pero no es lo mismo la posibilidad de expresar libremente las opiniones que garantizar el derecho a fundar y mantener medios de comunicación.
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En Chile existe aún una ciudadanía que, por su formación, puede ser inducida a confusiones mediante una información incompleta o tendenciosa, lo que atenta contra la idea de personas informadas y con opiniones críticas, que es la base de una democracia estable y profunda.
3.- Para la democracia es un bien deseable la diversidad y el mayor pluralismo posible en los medios de comunicación. Una estructura desequilibrada de medios la afecta porque ésta requiere para su desarrollo el pluralismo, la protección de la cultura nacional, la diversidad, las identidades regionales, el acceso de las personas a la información y el efectivo ejercicio de los derechos de opinión y expresión.
La concentración de la propiedad en los medios de comunicación, implica también la focalización de la publicidad, tanto pública como privada, en un número limitado de medios, circunstancia que contribuye a mantener la concentración de la propiedad y a que el grueso de los mensajes dependa de unas pocas cadenas de empresas.
4.- El mercado no fomenta la calidad de los medios, ni el contenido de sus mensajes, como tampoco sus leyes permiten al público incidir en la calidad de los profesionales ni en el resguardo de su dignidad profesional, en circunstancias que la carrera de periodismo ha experimentado un explosivo desarrollo desde la liberalización de la educación superior.
Se ha sostenido, asimismo, que los medios que no logran interpretar al público no pueden sustentarse económicamente, pero ello es algo relativo porque en los hechos, especialmente en el caso de la prensa escrita y, en forma creciente, en la radiodifusión, existe un duopolio que dificulta la aparición de nuevos medios, puesto que el capital necesario para iniciar y mantener una actividad de este tipo no es accesible a todos y porque el nivel de formación del público, no permite que sea la calidad la que se imponga en las preferencias.
Todo lo dicho justifica una intervención más directa del Estado, no para coartar a los medios ya existentes sino para fomentar la fundación de nuevos.
Por último, contribuye también a la falta de pluralismo la falta de una mejor regulación de la actividad periodística, que debería comprender la no aplicación a su respecto del artículo 161 A del Código Penal, consagrando en lo tocante a los posibles excesos sólo la responsabilidad civil.
CONCLUSIONES Y PROPOSICIONES.-
Finalizado su estudio, la Comisión estimó, por la unanimidad de sus integrantes presentes, que es necesario:
1.-Establecer una regulación del mercado de medios con el objeto de evitar la concentración económica y de su propiedad, tanto horizontal como verticalmente.
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2.-Establecer un sistema transparente y objetivo de subsidios o estímulos, centrados en la creación y mantención de nuevos medios de comunicación que aseguren el pluralismo, la diversidad y las manifestaciones de las identidades regionales y locales.
3.- Dejar un determinado número de frecuencias radiofónicas sólo para ser licitadas por medios locales y regionales. Igual predicamento debería aplicarse respecto de la televisión digital.
4.- Establecer, en materia de avisaje, que una determinada cuota de cada avisador deberá distribuirse entre medios más vulnerables.
5.- Regular mejor la actividad periodística para garantizar su calidad profesional y su libertad de opinión, como también garantizar su quehacer, especialmente el de carácter investigativo, derogando a su respecto el artículo 161 A del Código Penal y retomando el análisis de la iniciativa que responsabiliza sólo civilmente al periodista en sus funciones.
6.- Garantizar el acceso igualitario a la información pública periodísticamente relevante.
7.- Adoptar prontamente una decisión sobre la televisión digital por el cambio radical que ello significará, que permitirá una televisión más diversificada y de más fácil acceso para organizaciones que hoy no tienen esa capacidad, como, también, estudiar la digitalización de la radiodifusión sonora.
8.- Impulsar un debate nacional sobre la vigencia de los criterios de audiencia y circulación, para que no afecten la calidad de los medios.
9.- Diseñar una política nacional de promoción de la lectura y, dentro del ámbito educativo, de desarrollo del pensamiento crítico.
10.- Agilizar la tramitación de los proyectos de ley relacionados con el ámbito de las comunicaciones, en especial, el Estatuto del Periodista; la Radiodifusión de Mínima Cobertura; la reforma constitucional al artículo 19, N° 12 de la Carta Política, que consagra la naturaleza jurídica del espectro radioeléctrico; el que modifica la ley N° 18.168, con el objeto de garantizar la libertad de expresión y el pluralismo en los medios de comunicación; etc.
11.- Crear el Consejo Nacional de la Radiodifusión con atribuciones y características similares a las que tiene el Consejo Nacional de Televisión o ampliar éste a la radiodifusión.
12.- Establecer una normativa legal que regule a los medios de comunicación de propiedad pública distintos de Televisión Nacional, que cuenta con su propia ley. Dichos medios, como por ejemplo, las radios y los canales municipales, deberán garantizar un funcionamiento pluralista y una gestión transparente.
13.- Mejorar la normativa sobre las radios comunitarias, su fiscalización y la evaluación de su funcionamiento y objetivos.
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Sala de la Comisión, a 30 de abril de 2008
Se designó Diputado Informante al señor Jaime Mulet Martínez.
Acordado en sesiones de fechas 9 y 16 de mayo, 6, 13 y 20 de junio, 4, 11 y 18 de julio, 1 y 8 de agosto, 5 y 12 de septiembre, 17 y 31 de octubre, 7 y 21 de noviembre, 5 y 12 de diciembre de 2007, 16 de enero, 5 de marzo, 16 y 30 de abril de 2008, con la asistencia de los Diputados señores Jaime Mulet Martínez y Älvaro Escobar Ruffat ( Presidentes), señora Carolina Tohá Morales y señores Juan Bustos Ramírez, Alberto Cardemil Herrera, Roberto Delmastro Naso, Julio Dittborn Cordua, Edmundo Eluchans Urenda, Marcelo Forni Lobos, Renán Fuentealba Vildósola, Carlos Abel Jarpa Webar y Antonio Leal Labrín.
La Comisión celebró, además, dos reuniones en comité, los días 30 de julio de 2007 y 9 de abril de 2008.
EUGENIO FOSTER MORENO
Abogado Secretario de la Comisión

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